viernes, 26 de febrero de 2010

El diario Le Figaro lanza Prédipol, un juego sobre apuestas políticas online

Le Figaro, en colaboración con Newsfutures y Altermind lanza Prédipol un juego sobre apuestas online. El diario francés ofrece a sus lectores, en colaboración con el sitio Newsfutures.com participar en este nuevo tipo de apuestas, también llamadas mercado de las predicciones o mercados predictivos, donde cada jugador puede hacer su propio pronóstico.

Apostar sobre la información es originalmente una idea de Emile Servan-Schreiber, el hijo del ensayista, político y fundador de L'Express Jean-Jacques Servan-Schreiber. Periodista y especialista en psicología cognitiva, Emile Servan-Schreiber fundó Newsfutures en año 2000, en la primera ola de empresas puntocom.

Prédipol funciona como una bolsa de apuestas, donde se compran, se venden y se comercializan acciones ficticias según las leyes de la oferta y la demanda dependiendo de la certeza que se tenga en la apuesta realizada. Sobre la base de este nuevo concepto del mercado predictivo, la inteligencia colectiva considera que un grupo de personas puede intuir todas las respuestas correctas.

Por tanto Predipol es una herramienta eficaz para predecir resultados electorales. A diferencia de los estudios de mercado, que se basan en muestras representativas de la población, los mercados predictivos no limitan su acceso. Cualquiera que lo desee puede participar. Según Emile Servan-Schreiber , “En política, los resultados son notables”. Es un sistema de apuestas, en el que se muestra la preferencia de la mayoría, en el cada uno apuesta en lo que cree que va a suceder no en lo que quiere que ocurra.

Otra ventaja para Prédipol es que el estado de opinión está vivo, en constante movimiento como si de una película se tratase hasta la fecha final, es decir, hasta el día de las elecciones regionales francesas, mientras que las encuestas tradicionales sobre resultados políticos son sólo como fotos del estado de opinión de sólo un momento determinado, cuando se pregunta la referida cuestión.

Las apuestas desde Predipol son gratuitas, cada participante se le asigna una suma de dinero puramente virtual que debe hacer crecer aprovechando las apuestas vinculadas a las elecciones regionales. Sin embargo, lo más interesante de Predipol es que es una forma diferente de leer y entender la noticia, el lector ya no lee los artículos de la misma manera, lo hace como un analista financiero siguiendo de cerca la información para su posterior uso a la hora de tomar una decisión sobre su inversión."

Los mercados predictivos están de moda y ahora son noticia. HSX hace años que funciona en el mercado americano, pero seguro que para la mayoría de telespectadores es algo muy novedoso. Ayer, Antena3, comentaba también que los Oscar cotizan en bolsa:

Ni el Dow Jones, ni el Nikkei, ni el Ibex 35... El índice bursátil más espectacular estará en Hollywood. La industria del cine contará con un mercado propio en el que cualquiera podremos apostar sobre qué éxito tendrá una película de estreno, o la futura carrera de un actor o actriz.

Hasta abril el sistema sólo permite manejar dinero virtual: está en rodaje. En la alfombra roja brillan como nadie y en los mercados bursátiles pronto cotizaran en su particular bolsa. Las grandes estrellas tendrán un índice en el mercado americano el ‘HSX’: el Hollywood Stock Exchange.

Esta web de apuestas funcionará como un mercado de futuros. Se apostará al alza o a la baja, por ejemplo por Angelina Jolie, actualmente está en 120 ‘Hollywood-dólar’; la moneda virtual del portal.

En mi opinión, apostar, pronosticar y predecir son sinónimos de una misma idea con distinta denominación. El futuro del juego pasa por inyectar nuevas ideas y llegar a distintas alianzas entre entidades financieras, plataformas tecnológicas y grupos de comunicación.

Mi conclusión sería que ahora es un momento interesante para aprovechar la oportunidad de entrar en nuevos negocios basados en monetizar la especulación sobre la información. La convergencia tecnológica, sectorial y regulatoria abrirá las puertas a nuevos competidores. Así, los grupos de comunicación encontrarán en compañías de juego (en realidad, ya lo están encontrando), una nueva fórmula para dar valor a sus contenidos, y seguro que algunas entidades financieras más osadas podrán aventurarse a ofrecer algunas modalidades de juego para atraer nuevos capitales….

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jueves, 25 de febrero de 2010

El Senado rechaza una moción del PP que instaba al Gobierno a elaborar una ley de Juego Público

El Pleno del Senado rechazó ayer por 118 votos a favor y 135 en contra una moción del Grupo Parlamentario Popular que instaba al Gobierno a elaborar una Ley de Juego Público y a dejar en suspenso, hasta la llegada de esta norma, las disposiciones adicionales 32 y 34 de los Presupuestos Generales del Estado para 2010.

La portavoz de Hacienda del Grupo Popular, Mar Angulo, ha reprochado al Gobierno socialista que intente privatizar de “tapadillo” las Loterías y Apuestas del Estado y ha acusado a Zapatero de “querer vender la lotería para lograr unos 30.000 millones de euros que tapen un poquito el agujero de las cuentas públicas”.

En su opinión, un tema tan trascendental ha pasado por ambas Cámaras "escondido" en dos disposiciones adicionales de los Presupuestos Generales del Estado para 2010. Así, ha explicado que estas disposiciones cambian el régimen jurídico de la comercialización de las Loterías del Estado y si hasta ahora se podía comprar un décimo de lotería en cualquiera de las administraciones o en los negocios que tienen una concesión, a partir de este momento se podrán adquirir en los expendedores ubicados en supermercados, estaciones o gasolineras.

La portavoz del PP ha recordado que su formación política presentó enmiendas encaminadas a suprimir dichas disposiciones adicionales a los P.G.E. porque, en su opinión, el Gobierno cambia radicalmente el modelo de comercialización de los Juegos del Estado y supone una ruptura con el sistema eficiente y prestigioso que hasta ahora ha tenido España, además de suponer una ruptura con la política que venía anunciando Rodríguez Zapatero.

Además, la portavoz del PP ha reseñado que el sector que pretende privatizar el Ejecutivo socialista "abarca a más de 4.000 Pymes, emplea a más de 25.000 personas, cuenta con una red comercial que tiene una experiencia empresarial de más de 200 años y forma parte de nuestra identidad cultural".

Por último, Angulo ha explicado que la moción del PP reclamaba cuatro puntos fundamentales:

1. Dialogar con los sectores implicados y los agentes sociales para que tengan información suficiente y puedan debatir una posible modificación del estatus que tienen actualmente reconocido.

2. Elaborar una Ley de Juego Público y dejar en suspenso las disposiciones adicionales 32 y 34 de los Presupuestos Generales del Estado para 2010, en tanto la futura ley no sea aprobada.

3. Estudiar todas las opciones posibles de los diferentes modelos de comercialización y no sólo el de la privatización.

4. Asegurar que el nuevo modelo por el que se opte resulte tan eficiente como el que se pretende mejorar.

El PSOE pactó con el resto de los grupos parlamentarios un texto alternativo a la moción popular que el PP rechazó y que, por lo tanto, ni siquiera llegó a votarse.

La alternativa de los Socialistas, defendida por Yolanda Vicente, abogaba por elaborar, dialogando con los agentes implicados, una ley de regulación del juego para dotar de una garantía jurídica al sector, pero no concebía la suspensión de las disposiciones adicionales de la ley de Presupuestos Generales del Estado, como quería el PP.

Resumiendo, la venta de la lotería en internet seguirá en manos exclusivas de la entidad pública, cualquier empresa, mediante contratos privados, podrá comercializar Loterías del Estado, y por supuesto, cualquiera podrá adquirir un décimo indistintamente en una administración o a través de una máquina.


Y mientras, el director de LAE Gonzalo Fernández se encarga de que nadie se entere de nada, algunos se van enterando...

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miércoles, 24 de febrero de 2010

El Tribunal de Justicia de la UE publica dos dictámenes sobre los juegos de azar

Ayer, el Tribunal de Justicia de la UE publicó dos dictámenes de sus abogados generales Yves Bot y Ján Mazák relacionados con los juegos azar y en los que se cuestiona las restricciones del mercado en Austria y Suecia.

Comunicado de prensa de las conclusiones del Abogado General Yves Bot:

En opinión del Abogado General Yves Bot, la normativa sueca que prohíbe la promoción de juegos de azar en Internet ofrecidos por empresas establecidas en otros Estados miembros es conforme con el Derecho comunitario.

Sin embargo, el Derecho comunitario se opone a las disposiciones de la legislación nacional que sancionan de modo distinto la promoción de loterías organizadas en Suecia sin autorización y la promoción de loterías organizadas fuera de dicho Estado miembro.

La normativa sueca sobre apuestas, al reservar el derecho de explotar juegos de azar a operadores autorizados que ejercen su actividad sometidos a un estrecho control por parte de los poderes públicos con el fin de proteger a los consumidores contra los riesgos de fraude y de criminalidad, prohíbe y sanciona penalmente la promoción en Suecia de loterías organizadas fuera de dicho Estado miembro.

Los Sres. Sjöberg y Gerdin eran redactores-jefe y responsables de edición de los periódicos Expressen y Aftonbladet, respectivamente. Entre noviembre de 2003 y agosto de 2004, publicaron en las páginas de deporte de sus periódicos, dirigidos al público sueco, anuncios de loterías ofrecidas en los sitios de Internet de las empresas Expekt, Unibet, Ladbrokes y Centrebet, establecidas en Malta y en el Reino Unido. Por tales hechos, calificados de infracciones de la ley sueca sobre las loterías, cada uno de ellos fue condenado a una pena de 50 días de multa a razón de una cuota diaria de 1.000 SEK (100 euros, aproximadamente).

El Svea hovrätt (tribunal de apelación de Estocolmo, Suecia), que debe resolver los recursos de apelación interpuestos por los Sres. Sjöberg y Gerdin contra sus condenas, se pregunta sobre la conformidad con el Derecho comunitario de las normas que fundamentan estas condenas y, más concretamente, de las disposiciones que fijan las penas aplicables a la promoción en Suecia de juegos organizados fuera de dicho Estado miembro.

En sus conclusiones presentadas hoy, el Abogado General Sr. Bot considera, en primer lugar, al hilo de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, que la prohibición de promocionar juegos en Internet ofrecidos por empresas establecidas en otros Estados miembros puede considerarse justificada por el objetivo de luchar contra el fraude y la criminalidad. En consecuencia, el Derecho comunitario no se opone a la normativa sueca que reserva el derecho de explotar los juegos de azar a los únicos operadores autorizados, que ejercen su actividad bajo el estrecho control de los poderes públicos.

A continuación, el Abogado General recuerda que, si bien un Estado miembro tiene derecho a restringir las actividades relacionadas con los juegos de azar en su territorio, las medidas que adopte al respecto no deben ser discriminatorias.

Pues bien, en el caso de autos, aunque la normativa sueca prohíbe indistintamente la promoción de los juegos de azar organizados en el extranjero y la de los juegos de azar organizados en territorio nacional sin autorización, las sanciones previstas en caso de que se infrinja esta prohibición son diferentes. De este modo, mientras que se prevén penas de multa y de prisión de hasta seis meses para las personas que hacen publicidad de juegos organizados en el extranjero, a las que promocionan los juegos organizados en Suecia sin autorización no se les imponen sanciones penales equivalentes, sino únicamente multas administrativas.

Por consiguiente, tal normativa supone una diferencia de trato de situaciones comparables, en perjuicio de las empresas establecidas en los demás Estados miembros.

Esta diferencia de trato no puede justificarse por la existencia de diferencias significativas entre las dos categorías de infracciones en cuanto a los perjuicios provocados por las mismas o a las condiciones en que han de ser comprobadas. En efecto, los juegos en Internet organizados por una empresa establecida en otro Estado miembro no presentan necesariamente riesgos de fraude y de criminalidad en perjuicio de los consumidores mayores que los juegos organizados clandestinamente por una empresa establecida en territorio nacional.


En consecuencia, el Abogado General considera que el Derecho comunitario se opone a una normativa nacional según la cual quien promociona la participación en juegos en Internet organizados por una empresa establecida en otro Estado miembro puede ser castigado con sanciones penales, mientras que a quien promociona la participación en juegos de esta índole organizados en territorio nacional sin autorización no se le imponen tales sanciones.

En resumen, Yves Bot, considera legal que los Gobiernos prohíban la publicidad de apuestas y juegos de azar en Internet, no obstante las sanciones que se impongan por promocionar las empresas de juegos de azar extranjeras deberán ser iguales que las que se apliquen por hacer publicidad de compañías nacionales que operen sin autorización.

Comunicado de prensa de las conclusiones del Abogado General Ján Mazák

Según el Abogado General Ján Mazák, un Estado miembro que reserva la explotación de los casinos exclusivamente a las sociedades que tienen su domicilio social en su territorio es incompatible con el Derecho de la Unión.

Por otra parte, el Abogado General considera que, a efectos de apreciar la coherencia de una política nacional de restricción de los juegos de azar, es necesario realizar un análisis que sólo tenga en cuenta el sector de juego del que se trate.

La legislación austriaca establece un «monopolio estatal» en materia de juegos de azar, de modo que la potestad de organizar y explotar los juegos de azar se reserva en principio al Estado. Al ejercerla, el Ministro Federal de Hacienda puede otorgar a los operadores concesiones para adjudicar el derecho de organizar y explotar esos juegos de azar monopolizados (a saber, las loterías y sorteos electrónicos y los establecimientos de juego).

El Sr. Engelmann, nacional alemán, explotó dos establecimientos de juego en Austria, sin haber solicitado previamente a las autoridades austriacas una concesión para la organización de juegos de azar y sin ser titular de autorización legal alguna expedida por las autoridades competentes de otro Estado miembro. Mediante una primera sentencia se declaró al Sr. Engelmann culpable de haber organizado ilegalmente juegos de azar en el territorio austriaco con el fin de obtener un beneficio económico. En este contexto, el Landesgericht Linz (Tribunal del Land de Linz, Austria), que conoce del recurso de apelación, ha planteado al Tribunal de Justicia tres cuestiones prejudiciales sobre la compatibilidad de la legislación austriaca en materia de juegos de azar con la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios.

En sus conclusiones presentadas hoy, el Abogado General Sr. Ján Mazák considera, en primer lugar, que la legislación austriaca que reserva la explotación de los juegos de azar en los establecimientos de juego exclusivamente a las sociedades que adoptan la forma de sociedad anónima y tienen su domicilio social en el territorio de ese Estado miembro es incompatible con la libertad de establecimiento.

En efecto, en lo que atañe a la exigencia impuesta a las sociedades de establecer su domicilio en Austria, el Sr. Mazák estima que dicha exigencia implica una restricción de la libertad de establecimiento que introduce una discriminación directa, puesto que impide a las sociedades que tienen su domicilio social en otro Estado miembro ser titulares de una concesión para la explotación de un casino.

A partir de esta apreciación, el Abogado General recuerda que, en el caso de autos, una restricción discriminatoria de esa clase podría justificarse por razones de orden público y de seguridad o salud públicas, siempre que el recurso a una de estas justificaciones suponga la existencia de una amenaza real y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad. No obstante, el Sr. Mazák estima que este último criterio no se cumple ya que, de no existir el requisito impuesto a las sociedades de establecer su domicilio social en Austria, las autoridades austriacas no se encontrarían ante una amenaza real y suficientemente grave que afectara a un interés fundamental de la sociedad, derivada de la imposibilidad de efectuar un control eficaz sobre las actividades ejercidas por una empresa de juegos con domicilio social en otro Estado miembro. En efecto, pueden efectuarse controles de cualquier empresa establecida en un Estado miembro y, además, se le pueden imponer sanciones con independencia del lugar de residencia de sus directivos. Por consiguiente, el Abogado General considera que la restricción de la libertad de establecimiento de la que se trata no puede justificarse.

En segundo lugar, el Sr. Mazák estima que la libre prestación de servicios se opone a la disposición austriaca en virtud de la cual todas las concesiones de explotación de juegos de azar y de establecimientos de juego se conceden sobre la base de una normativa que excluye de la licitación a los candidatos del espacio comunitario que no tienen la nacionalidad de ese Estado miembro. En efecto, el Abogado General estima que dicha medida constituye una restricción de la libre prestación de servicios, ya que la legislación nacional no considera suficiente un establecimiento secundario en Austria para participar en el procedimiento de licitación. Además, a su juicio, esta restricción es discriminatoria y no puede justificarse en el caso de autos por razones de orden público, o de seguridad o salud pública, a falta de una amenaza real y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad.

En tercer lugar, el Abogado General analiza la cuestión de si el monopolio del Estado austriaco sobre los casinos es incompatible con el Tratado CE por el hecho de que la política nacional de restricción de los juegos de azar pueda carecer de coherencia, dado que los titulares de las concesiones de otros juegos también monopolizados (como las loterías) hacen publicidad de su producto.

Sobre esta cuestión, el Abogado General considera que la promoción de la participación en juegos de azar y la realización de publicidad por los titulares de una concesión nacional no implica necesariamente que la política nacional de restricción de los juegos de azar carezca de coherencia. En efecto, dado que, entre los diferentes objetivos que persigue, la legislación austriaca pretende luchar contra el fraude y la delincuencia en el sector de los juegos de azar orientando la demanda de los juegos hacia una oferta controlada y supervisada por el Estado, el Sr. Mazák estima que incumbe al tribunal remitente verificar si la publicidad en causa es coherente con el objetivo de constituir una alternativa «atractiva» a los juegos prohibidos, sin estimular excesivamente, no obstante, la demanda de juegos de azar.

En cualquier caso, el Abogado General precisa que, al apreciar la coherencia de la publicidad realizada por un operador con una política nacional de restricción de los juegos de azar, es necesario llevar a cabo un análisis sectorial. Así pues, una posible falta de coherencia afectaría exclusivamente al sector de los juegos monopolizados que desarrollara una actividad publicitaria desproporcionada e incoherente. En efecto, según el Sr. Mazák, un Estado miembro puede tratar de forma diferente dos sectores de juego porque cada juego es diferente de los demás, de modo que un sector de juegos de azar puede ser más propicio para el desarrollo de actividades fraudulentas o delictivas y otro puede ser más peligroso desde el punto de vista de la adicción.

En definitiva, Ján Mazák considera que un Estado miembro vulnera la legislación de la UE si reserva la explotación de los casinos exclusivamente a las sociedades que tienen su domicilio social en su territorio ya que no respeta el principio de libertad de establecimiento.

Las opiniones de sendos abogados generales no vinculan al Tribunal de Justicia. Sus funciones consisten en proponer al TUE, con absoluta independencia, una solución jurídica a los asuntos de los que se ocupan. Los jueces del Tribunal comienzan ahora a deliberar sobre ambos asuntos y las respectivas sentencian se dictarán posteriormente.

Vale la pena leerse con detenimiento ambos dictámenes...

Información complementaria:

Comunicado de prensa de las conclusiones del Abogado General Yves Bot

Comunicado de prensa de las conclusiones del Abogado General Ján Mazák

Conclusiones del Abogado General Yves Bot presentadas el 23 de febrero de 2010 Asuntos acumulados C‑447/08 y C‑448/08 Otto Sjöberg y Anders Gerdin contra Åklagaren [Petición de decisión prejudicial planteada por el Svea hovrätt (Suecia)]
«Juegos de azar – Explotación de juegos de azar en Internet – Prohibición de promocionar la participación en loterías en el extranjero – Restricción a la libre prestación de servicios – Protección del orden público – No discriminación»


Conclusiones del Abogado General Ján Mazák presentadas el 23 febrero 2010 Asunto C‑64/08 Staatsanwaltschaft Linz contra Ernst Engelmann [Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Linz (Austria)]

«Libertad de establecimiento – Juegos de azar – Sistema de concesión para la explotación de los juegos de azar en los casinos – Posibilidad de obtener una concesión reservada a las sociedades anónimas establecidas en el territorio nacional – Coherencia de la política nacional en materia de juego – Publicidad»

EGBA: Gaming and betting: Developments at the ECJ questioning market restrictions in Austria and Sweden

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martes, 23 de febrero de 2010

Según la CMT, los juegos de azar y apuestas online siguen liderando el 2º puesto en número de transacciones y en volumen de negocio hacia exterior

Según datos del último informe de CMT, en el tercer trimestre de 2009, el comercio electrónico en España alcanzó un volumen de negocio de 1.503,12 millones de euros, el 13,2% más que en el mismo trimestre de 2008; con un total de 18,6 millones de operaciones, una cifra récord.

Volumen de negocio

Las ramas de actividad con mayor peso en las cifras de ingresos fueron las agencias de viajes y operadores turísticos (15,8%), el transporte aéreo (14,8%) y el marketing directo (7,5%). A continuación, el transporte terrestre de viajeros (7,3%), los juegos de azar y apuestas (5,7%), los espectáculos artísticos, deportivos y recreativos (3,8%).

En el segundo trimestre de 2009, el marketing directo lideró la lista de las diez ramas de actividad más relevantes en términos de volumen de transacciones, mientras que en el tercer trimestre del año 2009 la encabeza el transporte terrestre de viajeros (8,9%), seguido por los juegos de azar y apuestas (8,6%), el marketing directo (8,6%), las agencias de viajes y operadores turísticos (7,8%), los teléfonos públicos y tarjetas telefónicas (7,5%), el transporte aéreo (6,8%) y los servicios legales, contabilidad y gestión (6,6%).

Por ramas de actividad, las operaciones vinculadas al sector turístico (agencias de viajes, transporte aéreo, terrestre de viajeros y hoteles, apartamentos y camping) fueron de nuevo las de mayor peso en las cifras de ingresos ya que supusieron más del 40% de los ingresos totales: 605,9 millones de euros. El marketing directo siguió en segundo puesto en el ranking, con 112,3 millones de euros facturados, seguido por los juegos de azar y apuestas, que aportaron 85,7 millones de euros.

Transacciones desde España con el exterior

Tal y como viene ocurriendo en trimestres anteriores, la UE fue el destino más solicitado por los compradores españoles. Estas operaciones representaron un 88,4% del total de las transacciones y alcanzaron los 599,5 millones de euros. EEUU fue el segundo destino con el 5,9% del total y 40 millones de euros de facturación.

El volumen de negocio de las transacciones con origen en España y dirigidas hacia el exterior fue de 678,3 millones de euros, representando el 45,1% del total, con un aumento interanual del 19,2%.

Las diez ramas que obtienen un mayor porcentaje del volumen total fueron por el siguiente orden: la más importante el transporte aéreo (11%), seguida por los juegos de azar y apuestas (10,2%), las servicios legales, contabilidad y gestión (8%), las agencias de viajes y operadores turísticos (7,5%) y el marketing directo (6,7%).

Transacciones dentro de España

Los ingresos del comercio electrónico a través de las entidades de medio de pago que se realizaron dentro de España durante el tercer trimestre de 2009 alcanzaron la cifra de 650,6 millones de euros, el 43,3% del total del volumen de negocio y un 22,1% más que en el mismo periodo del año precedente.

El sector turístico constituyó el 50% de los ingresos del comercio electrónico dentro de España. También resultaron relevantes el marketing directo (8,7%), los espectáculos artísticos, deportivos y recreativos (7%) y la administración pública, impuestos y seguridad social (3,4%). Cerraron la lista la educación (3,3%), y por último el transporte marítimo y los juegos de azar y apuestas (ambos con 2,5%).

En España, arañar cifras oficiales sobre el juego online no resulta nada fácil, pero algo es algo
aunque poco, sigue siendo más que nada...

Información complementaria:

Informe sobre el comercio electrónico en España a través de entidades de medios de pago (III Trimestre 2009)

Comunicado de prensa de la CMT: Los ingresos del comercio online en España superan por primera vez los 1.500 millones

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lunes, 22 de febrero de 2010

Análisis científico del juego online: consecuencias para la investigación del juego responsable

El juego y las apuestas online en España se encuentran en pleno proceso regulatorio. Es un momento crucial, y temas como el juego responsable y la situación real del mercado del juego, ocupan dentro del actual debate público un papel prioritario.

En este sentido, Bwin ya hace años que tomó la iniciativa, en 2005 puso en marcha con la Harvard Medical School, dependiente de la Division on Addictions de la Cambridge Health Alliance, el primer estudio empírico sobre el comportamiento de juego online basado en evidencias científicas y no en simples especulaciones u opiniones subjetivas.

Desde entonces se han hecho públicos los resultados científicos del estudio que han derivado en la aparición de las primeras directrices sobre los hábitos de juego online.

El catedrático Howard J. Shaffer, profesor Asociado de la Harvard Medical School, resume cómo esta investigación ha cambiado lo que se conocía hasta la fecha acerca del comportamiento de los jugadores: “Así fue cómo iniciamos una revolución científica…Permítanme decir ahora en pocas palabras que parte del trabajo realizado ha sido epidemiológico. Y lo que hemos descubierto en nuestra investigación epidemiológica es que jugar al póker por Internet, apostar en juegos de casino por Internet o utilizar este medio para realizar apuestas deportivas ha mostrado un comportamiento muchísimo más moderado de lo que suponían los especuladores”.

La Division on Addictions ha analizado de forma continuada durante 2 años el comportamiento de juego individual en un estudio longitudinal y anónimo de 48.114 jugadores y jugadoras online de más de 80 países de la base de datos de Bwin. Los jugadores analizados jugaron durante el referido período más de 38 millones de veces y apostaron un total de 28,6 millones de euros.

Los resultados de la investigación ha demostrado dos cosas: Primero, el mito del juego online como poderosa tentación queda empíricamente rebatido. El juego online –en particular las apuestas deportivas online– no tienen un potencial problemático mayor que el juego offline. Segundo, las medidas de juego responsable funcionan.

En este sentido, Howard J. Shaffer, ha declarado: “Según estudios recientes, es un hecho que la mayoría de la gente desea jugar y que le gustaría jugar online y dentro de una sociedad democrática que valore la libertad. La mayoría de la gente piensa que debería tener la oportunidad de jugar. Lo primero que descubrimos fue que la inmensa mayoría de los jugadores realizan sus apuestas online de una forma muy moderada y leve.”

No hay ningún estudio empírico con base científica que demuestre el efecto multiplicador del riesgo del juego online. Todos los análisis empíricos realizados hasta ahora sobre el tema de juego online se basan en métodos de encuestas de limitada fiabilidad y en muestras no representativas. Por este motivo, los índices de prevalencia allí reflejados difieren demasiado entre sí.

Por su parte, Manfred Bodner, Co-CEO Bwin, ha dicho: “Necesitamos entender qué es lo que sucede en la mente de los consumidores y ser capaces de responder a cuestiones fundamentales sobre el juego online basados en evidencias científicas, y no en la mera especulación. Nuestro principal objetivo es crear modelos de comportamiento capaces de predecir ciertos resultados, y estamos trabajando en la creación de bases científicas que produzcan algoritmos capaces de identificar patrones de riesgo asociados con la ludopatía”.

Algunas conclusiones del estudio:

Juegan principalmente hombres. El comportamiento de juego de las relativamente pocas mujeres (menos del 10%) no se diferencia del de los hombres. Las mujeres juegan durante un período más corto. Pero en este período apuestan en más días.

La inmensa mayoría de clientes juegan de forma moderada, por ejemplo, 2,5 apuestas deportivas con una apuesta de 4 euros cada cuatro días, un juego de casino cada dos semanas y una sesión de póker cada tres días con una apuesta de unos 13 euros y de 1,80 euros respectivamente de promedio.

Si se comparan los índices de prevalencia del juego online con los del juego offline, se obtiene el siguiente resultado sobre el comportamiento objetivo: el juego online no conlleva un mayor problema o riesgo de adicción. En las apuestas deportivas se encuentra igualmente alrededor de un 1% según estudios representativos.

Cuando se ofrece a los jugadores online la posibilidad de establecerse ellos mismos límites responsables, para reducir tanto el gasto como la frecuencia del juego, resulta útil como herramienta de protección. La autolimitación es, por lo tanto, un instrumento demostradamente válido de protección del jugador.

El estudio cuestiona la idea de que el jugador con problemas recurre a realizar apuestas cada vez mayores y más arriesgadas en un intento de compensar anteriores pérdidas. Se demuestra aquí un comportamiento más bien racional, que evita el riesgo, más marcado por el deseo de no perder más que no por la imperativa necesidad de recuperar cuanto antes pérdidas anteriores. Así que también queda demostrado que la posibilidad de cerrar la cuenta por parte del mismo jugador, es una medida efectiva y necesaria para su protección.
Ya va siendo hora que algunos dejen de especular u opinar subjetivamente sobre la ludopatía y el juego responsable en base a determinadas encuestas poco fiables, y tomen ejemplo de otros que propician y realizan estudios empíricos sobre el comportamiento de juego online basado en evidencias científicas...
Más información en el próximo número de marzo de la revista Winpicks: “Juego responsable y transparencia”
Información adicional:
The Transparency Project: A Data Repository for Privately-Funded Research

Incentives for a Paradigm Shift: New Ways for the Scientific Analysis of Online Gaming: Implications for Addiction Research and Responsible Gaming.
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viernes, 19 de febrero de 2010

El juego online a debate en el Parlamento Europeo

(Nota de prensa del Parlamento Europeo)
En busca de un marco regulador para los juegos de azar en internet

Las apuestas a través de internet, cada vez más populares, fueron objeto de debate durante la última sesión plenaria del Parlamento Europeo. Los eurodiputados reclamaron un marco regulador común a toda la Unión Europea para hacer frente a problemas como la adicción al juego o la falta de control sobre la edad de los usuarios. El comisario europeo de Mercado interior, Michel Barnier, se comprometió a abordar la regulación paneuropea del sector.

El mundo de las apuestas vive una nueva época dorada gracias a internet, donde proliferan las empresas dedicadas al juego. La sombra de proveedores no europeos se cierne sobre las tradicionales empresas nacionales, y la falta de una reglamentación clara hace más vulnerables al fraude y la adicción a los jugadores, a la vez que atrae a organizaciones criminales que ven en las apuestas una forma de defraudar o de blanquear dinero. Todo ello, con el consiguiente perjuicio para las empresas estatales de apuestas.

Actualmente, no existe una normativa a escala comunitaria de las apuestas transfronterizas, que quedaron fuera del marco regulador de la directiva de servicios, de diciembre de 2006. En marzo de 2009, el Parlamento Europeo aprobó una resolución en la que se reclamaba una mayor cooperación entre los Estados miembros en materia de apuestas online.


El caso portugués

Algunos Estados miembros llegaron a prohibir las apuestas transfronterizas, pero la Comisión Europea recordó la libertad de provisión de servicios en el seno de la Unión Europea. Sin embargo, en septiembre de 2009 el Tribunal europeo de justicia apoyó la decisión portuguesa de multar a una empresa de apuestas basada en Gibraltar. En Portugal, el Estado tiene el monopolio de las apuestas.

En el parlamento Europeo, un grupo de cinco eurodiputados encabezados por el presidente de la comisión de Mercado Interior, el conservador británico Malcolm Harbour, pidió a la Comisión que reconsidere su postura sobre las apuestas por internet teniendo en cuenta el caso portugués. Los europarlamentarios preguntan si se ha previsto establecer un "marco regulador común" que garantice que los juegos de azar online se realizan "de forma responsable".

Por su parte, el comisario europeo de Mercado Interior, Michel Barnier, explicó que se va a lanzar de forma inminente un procedimiento de consulta a todos los actores interesados. Barnier subrayó la voluntad existente a escala europea de establecer un enfoque europeo común sobre apuestas por internet, y subrayó que cada caso es único debido a las diferentes legislaciones sobre el tema en cada uno de los Estados miembros.

Debate

Durante el debate celebrado en el pleno de la Eurocámara, la mayoría de los eurodiputados defendieron la necesidad de contar con un marco regulador común, pero algunos consideraron que los estados están en mejor posición para la defensa del ciudadano. Por ejemplo, Malcolm Habour recordó que "también hay que respetar a los ciudadanos, y muchos de ellos quieren acceder a las apuestas por internet", y opinó que "no puede ser correcto prohibir que se apueste a través de internet con una compañía que no es de tu país".

A su vez, el alemán del grupo del Partido Popular Europeo Andreas Schwab consideró que la única solución posible pasa por "obtener soluciones uniformes a escala europea", y la socialista alemana Evelyne Gerbhardt remarcó que "no se debe obligar a los Estados miembros a abrir el mercado si sus sistemas de control son sólidos y eficaces".

¿Medidas nacionales o comunitarias?

Para el liberal alemán Jürgen Creutzmann, "es obvio que es mejor luchar contra el fraude a través de medidas nacionales", mientras que el holandés del grupo de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica Cornelis De Jong afirmó que "hay que limitar todo lo que podamos las apuestas online, y pedir a la Comisión Europea que no reduzca el nivel de protección".

El comisario de Mercado Interior aclaró que el mercado de juegos de azar "no es como cualquier otro", y aseguró que volverá a la Eurocámara a debatir un nuevo enfoque del tema. "Necesitamos disponer de límites estrictos para que los menores no puedan apostar", agregó.
Información complementaria:
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jueves, 18 de febrero de 2010

El comisario europeo Michel Barnier propone elaborar un libro verde sobre el juego online

La confusión sobre los juegos de azar online que algunos Estados miembros tienen, parece que va encaminada a desaparecer con Michel Barnier, el nuevo Comisario de Mercado Interior de la UE. Barnier anunció el pasado 11 de febrero que planea abordar el asunto y ha dado instrucciones a los servicios de la Comisión Europea para elaborar un Libro verde sobre el online juego.

En este momento, es evidente que la UE está dividida sobre el tema. Por un lado, Malta y otros países afines piensan que los juegos de azar online deben ser regulados bajo el amparo de la libre circulación de servicios en la UE y que ningún Estado miembro puede restringir los mercados nacionales para limitar la competencia de las compañías online que operan en otros países.

Sin embargo, por otro lado, otros Estados miembros, como Francia y Portugal, en los últimos años no han dejado de tomar medidas para monopolizar y restringir la competencia a los operadores de juego extranjeros.

La Comisión por supuesto ya ha iniciado procedimientos de infracción contra varios Estados miembros sobre esta cuestión, acusándolos de la introducción de prácticas contrarias al espíritu de la libre circulación de servicios. Sin embargo, hasta ahora, lamentablemente los progresos han sido escasos.

Michel Barnier, refiriéndose a la reciente sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Justicia que reconoce el derecho a Portugal de limitar la libertad de establecimiento y la libre circulación de las compañías de juego online de otros Estados miembros, dijo que la intención de la misma nunca fue la de apoyar e introducir un monopolio. En este sentido, aclaró que de acuerdo con los servicios jurídicos de la Comisión, la decisión no fue dar a los Estados miembros más libertad, sino justificar ciertas restricciones con criterios muy estrictos.

En este contexto, Barnier anunció el inicio de un proceso de consulta a los Estados miembros y a las partes interesadas, a fin de que se haga un análisis preciso de la situación, en forma de un Libro Verde que se publicará el próximo otoño, previo acuerdo del Colegio de Comisarios.

En este sentido, fuentes cercanas a la industria del juego en Malta ha dicho: "Vamos a estar atentos ya que creemos que el juego remoto debe seguir circulando libremente. Malta apoya una mayor claridad de las normas, pero éstas no deben ser utilizadas para introducir prácticas restrictivas."

Gracias a su política de juego, en los últimos años, Malta ha visto como el juego remoto se ha disparado en su territorio ya que muchas empresas internacionales se han trasladado a la isla debido a las condiciones favorables tanto fiscales como operativas.

Se estima que la industria de los juegos de Malta es la segunda más grande de la UE, da empleo a miles de personas y deja millones de euros cada año en las arcas del gobierno.

A años luz de Malta está España, de la que muchos operadores extranjeros recelan no sin motivo ante ciertas políticas caciquiles. El Tribunal Europeo de Justicia ya ha criticado a España por el favoritismo que ha demostrado hacia los operadores de juego internos.

Mientras que los juegos de azar online es un tema notoriamente molesto en la Unión Europea, la decisión de España de ofrecer "ventajas fiscales" a los jugadores que apuesten en plataformas de juego de cosecha propia ha sido criticado y el Tribunal de Justicia y ha dictaminado que debe modificar su legislación actual de juego.

Por el momento, si un jugador apuesta y gana a través de un operador español, como la LAE o la ONCE, no está obligado a pagar impuestos sobre sus ganancias. Sin embargo, si el mismo jugador se dirige a un operador extranjero, entonces debe pagar los referidos impuestos sobre cualquier ganancia que reciba.

La actual legislación de la UE propone que los Estados miembros deben ofrecer a otras empresas europeas los mismos derechos que las compañías nacionales y de momento España ha infringido el presente acuerdo. España alegó absurdamente en su defensa que las referidas exenciones de impuestos sólo se aplican a empresas con fines benéficos, pero el Tribunal Europeo de Justicia dictaminó que los operadores offshore que coincidan con estos requisitos, deben también poder obtener para sus jugadores las mismas exenciones fiscales que sus homólogos españoles.

Esperemos que España y otros países algo confundidos, empiecen a clarificar sus ideas y reconsideren su legislaciones actuales y venideras sobre el juego online...

Más información:

Barnier to seek coherent EU rules on gambling

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miércoles, 17 de febrero de 2010

En precampaña electoral, Cataluña presenta un borrador de la nueva ley de juego y apuestas

Ayer, la directora general del Juego y de Espectáculos de Cataluña, Mercè Claramunt, presentó el primer borrador de la nueva ley de juego y apuestas se reunió con una representación de la industria del juego para debatirla.

Próximamente mantendrá diferentes reuniones con operadores de juego por internet, con entidades y asociaciones que trabajan con personas con adicción al juego, con los sindicatos, con el Consejo de Audiovisual de Cataluña, y con otros organismos y departamentos de la Generalitat.

Los principios que inspiran el primer borrador son: la modernización de la actual regulación, el juego por internet, la publicidad y la protección a los colectivos más vulnerables.

Según la directora de juego, se trata de un primer texto a debatir con todos los agentes implicados en la materia. Pues quiero recordarle que no, si no pregunte a su predecesor, Xavier Guitart, que hace cuatro años estuvo trabajando, y que a mediados de 2006, ya tenía preparados, con mayor o menor acierto, dos borradores de reglamentos sobre apuestas telemáticas y sobre la publicidad, que luego fueron desechados por la nueva dirección sin ningún miramiento y con la consiguiente pérdida de tiempo.

Ahora, la "nueva" ley quiere regular y dar cobertura a las diferentes formas de participación en las actividades de juegos y apuestas, ya sean las de juego presencial, aquellas que tienen lugar en establecimientos físicos abiertos al público, así como de otras formas de participación que las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, como internet y las conexiones a distancia por vía telemática, han hecho posible.

Por lo tanto, uno de los objetivos de este borrador, junto con la actualización de la normativa vigente en materia de juegos y apuestas, es la regulación del vacío legal que actualmente existe sobre la organización, comercialización y explotación de juegos y apuestas por medios informáticos, telemáticos y de comunicación a distancia.

El primer borrador del texto articulado de la Ley de juegos y apuestas de Cataluña parte de cinco principios básicos:

1.- La protección de las personas menores de edad y de aquellos colectivos más vulnerables.
2.- Fomentar las políticas de juego responsable en la industria del juego, para minimizar los posibles efectos negativos de la actividad de juego en la población.
3.- Regular el vacío legal que actualmente hay en los juegos y apuestas por medios informáticos y telemáticos.
4.- La regulación de la publicidad en materia de juego.
5.- Dar mayor seguridad jurídica tanto a operadores de juego como personas jugadoras, sobre todo respecto a la organización, comercialización y explotación de apuestas por medios informáticos, telemáticos y de comunicación a distancia.

Según el comunicado de la dirección, en este primer borrador se trata de forma global el fenómeno del juego y las apuestas y se especifican los criterios mínimos que deberán cumplir los operadores de juego que organicen, exploten y comercialicen juegos y apuestas por medios informáticos, telemáticos y de comunicación a distancia. Es por ello, que el articulado de la Ley hace remisión a normas reglamentarias que deberán especificar, concretar y/o desarrollar su contenido, ya que los aspectos y requisitos técnicos exigidos para cada tipo de juego o apuesta se recogerán por vía reglamentaria.

Pues si hay que esperar a que se apruebe la ley y su posterior desarrollo reglamentario…uf, simplemente se va a dar un paso adelante y dos atrás. No hay duda que la actual ley actual del juego catalana de 1984, necesita una actualización y no sólo la ley…

En fin, no se ha hecho nada en toda la legislatura y ahora parece que hay ciertas prisas por demostrar o justificar que se ha hecho algo en materia de juego. ¿Por qué ahora? estamos en precampaña y quedan unos meses para las elecciones autonómicas. Toca rendir cuentas y es un momento de “arrancar” votos de donde sea, y de “vender” actividad y buena gestión al electorado, quizás un poco tarde, ¿no? Ya nadie duda que este segundo tripartito, está más “partito” que nunca…

Ah! y a partir de noviembre, otra vez, vuelta a empezar…

Información adicional:

LLEI 15/1984, de 20 de març, del joc. (DOGC: 421 de 30.03.1984)

Comunicado de prensa: La Dirección General del Juego y de Espectáculos inicia el debate sobre la nueva ley de Juego y Apuestas de Cataluña

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martes, 16 de febrero de 2010

Ceuta ha comunicado a la Comisión Europea su proyecto de reglamento sobre apuestas

En el Preámbulo del Proyecto de reglamento de apuestas Ceuta dice:

“…La relevancia del sector del juego y la falta de un instrumento normativo en el ámbito de la Ciudad de Ceuta sobre la regulación de las apuestas, hace necesaria la promulgación del presente Reglamento. Asimismo, se hace necesario regularlo para garantizar los derechos de los participantes, así como para conseguir una óptima organización de dicha actividad.

Por otro lado, la ya indudable hegemonía de internet como herramienta de comunicación, así como el generalizado uso de otros canales de comunicación interactivos o a distancia (llamadas telefónicas, sms…), hacen imperativo que el acceso mediante dichos medios a la actividad del juego y, en particular, a las apuestas, sea objeto de regulación.

Esta disposición ha sido sometida al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE…”

¿Qué es el Procedimiento 98/34? Según la Directiva 98/34/CE (anteriormente 83/189/CEE) establece un procedimiento que impone a los Estados miembros la obligación de notificar a la Comisión, y a todos los demás, todos los proyectos de reglamentos técnicos relacionados con productos y con servicios de la Sociedad de la Información antes de ser adoptados en el ordenamiento jurídico nacional.

Este procedimiento tiene por objeto proporcionar transparencia y control en relación con dichos reglamentos. Puesto que podrían crear obstáculos injustificados entre los Estados miembros, su notificación en la forma de proyecto y posterior evaluación de su contenido en el curso del procedimiento ayudan a reducir este riesgo.

Pues bien, el pasado 29 de enero, se comunicó a la Comisión el proyecto de reglamento de apuestas de la ciudad autónoma de Ceuta.

Este proyecto de reglamento de apuestas tiene por objeto la regulación de las apuestas sobre acontecimientos deportivos, de competición o de otro carácter previamente determinado por la ciudad autónoma de Ceuta.

La organización y comercialización de las apuestas se somete a la autorización previa por parte de la administración de nuestra ciudad.

Asimismo, están sujetos a autorización por parte del órgano competente de la ciudad autónoma de Ceuta, todos los materiales, elementos o sistemas utilizados para la organización y comercialización de las apuestas, incluyendo los sistemas o instrumentos técnicos que, a través de medios informáticos o interactivos, permitan la formalización a distancia de las apuestas.

Las finalidades de este proyecto son las siguientes: La necesidad de someter a regulación el servicio a que se refiere la norma proyectada, la exigencia de tutelar la posición jurídica de los usuarios del servicio y la conveniencia de incorporar los canales propios de las nuevas tecnologías a la actividad del juego.

El periodo informativo para el proyecto de reglamento ceutí finaliza el 30 de abril de 2010.
Por otro lado, parece que hay voluntad política por regular. En apenas un mes, se ha podido leer en distintos medios que tanto la Comunidad Valenciana como lo Gallega se plantean elaborar una regulación sobre apuestas tal como lo han hecho otras comunidades.

Por cierto, ¿Han cumplido otras Comunidades Autónomas con el referido trámite preceptivo de comunicar a la Comisión sus respectivos proyectos regulatorios sobre apuestas antes de su aprobación y aplicación?
Información complentaria:
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lunes, 15 de febrero de 2010

Bwin, 888, Sportingbet y Unibet luchan contra las leyes proteccionistas francesas

Cuatro importantes compañías europeas de juego online, Bwin, 888, Sportingbet, Unibet, han sido demandadas en Francia acusadas de infringir las leyes francesas de juego online al ofrecer productos de juego a sus ciudadanos.

La demanda ha sido interpuesta por un conglomerado de empresas francesas de casinos terrestres, Barrière, Joagroupe, y Tranchant, junto con la asociación de la industria, Syndicat des casinos de France. Los demandantes acusan a las empresas de juego online de realizar una competencia desleal a numerosos casinos offline. Aunque esta acción legal tiene cierta similitud a otros casos presentados anteriormente en otros países de la Unión Europea, en este caso ha sido una sorpresa, dado que las leyes de liberalización están sólo a unos pocos meses de su aprobación. El gobierno francés pretende que todos los casinos online que operen en el país soliciten una licencia.

Además, se creará una nuevo organismo, la Autoridad Reguladora de Juegos Online, Arjel (Autorité de Régulation des Jeux En Ligne) que otorgará permisos y vigilará la observancia de estas nuevas normas. Los franceses son tradicionalmente grandes jugadores de todas las modalidades de juegos de azar y es probable que las 100 solicitudes previstas disminuyan aproximadamente a la mitad. El modelo francés ya ha sido criticado por pretender aplicar tipos impositivos muy elevados (las apuestas hípicas al 15,5 %, las apuestas deportivas al 8,5 %, y el póker al 2 %). A partir de la entrada en vigor de la ley, operar y hacer publicidad en Francia será ilegal para cualquier empresa sin autorización. Arjel tendrá competencia para obligar a los proveedores de servicios Internet a bloquear el acceso a sitios de juego sin licencia que promocionen juegos en Francia.
Las empresas demandantes afirman que las empresas acusadas están "privando al Estado de ingresos fiscales sustanciales, y no defienden los principios de protección a los jugadores y la lucha contra el juego problemático, el fraude y el blanqueo de dinero." Como sanción, han pedido que la Corte Penal de París les imponga 1 euro simbólico por daños y perjuicios y 30.000 euros en concepto de costas legales. Se da la circunstancia que Barrière, está actualmente trabajando mano a mano con el monopolio estatal Francaise Des Jeux para crear un sitio de póker online…

Pero lo más preocupante para los encausados, es que también se solicita en la demanda que todas estas empresas tengan prohibido solicitar una licencia hasta transcurridos dos años (una curioso modo para ponerse al día las compañías rezagadas del juego presencial). Y por si fuera poco, puestos a pedir, los demandantes también solicitan que el fallo del tribunal se publique en los principales diarios franceses Le Figaro, Le Monde, Libération, L'Equipe, Le Parisien y Aujourd'hui, una forma de desacreditar a los operadores de otras jurisdicciones europeas y de demostrar el poder que pueden ejercer los casinos offline y su gobierno sobre los competidores externos.

Los abogados de la parte demandada han contestado enérgicamente, alegando que Francia no tiene jurisdicción sobre sus clientes. En este sentido, los representantes de Bwin han señalado que el casino online y el sitio de póker se ofrecen en 22 idiomas distintos, de los cuales el francés es sólo uno de tantos. La existencia de una versión en lengua francesa de su software no "otorga al juez francés la competencia" para aplicar cualquier decisión vinculante. Todas las empresas acusadas tienen sus sedes off-shore y no están sujetas directamente a las leyes francesas o de la UE.

Esta situación tiene cierta similitud a las turbias condiciones de los Estados Unidos, donde algunos sitios operan con impunidad, mientras que otros que se han retirado del país, se les ha sancionado con multas de varios millones de dólares.

Por ahora, no ha habido ninguna declaración oficial por parte de los tribunales franceses ni del Tribunal Europeo de Justicia y tampoco se establecido fecha alguna para el trámite de audiencia.

Parece que acaba de empezar en varios puntos de Europa la beligerancia sectorial…
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viernes, 12 de febrero de 2010

Los juegos online, una patata caliente en manos de las CCAA

Ayer me causó cierta sorpresa leer en el Sector del juego la celeridad con que se ha sacado de encima el Ministerio del Interior el problema irresoluble del juego online.

Interior desvía hacia las Autonomías y Departamentos Estatales las denuncias de los juegos ilegales en red

La denuncia de CEJ ante el Ministerio del Interior contra los juegos ilegales en Internet ha recibido respuesta. La subdirección general de Estudios y Relaciones Institucionales desvía estas competencias a las CCAA así como al Ministerio de Industria y Sanidad.

Las denuncias presentadas por la Confederación de Empresarios del Juego del Bingo (CEJ) ante el Ministerio del Interior para que proceda contra los juegos ilegales en red, haciendo que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad investiguen y sancionen ha merecido una rápida respuesta por parte de la subdirección general de Estudios y Relaciones Institucionales de dicho Ministerio.

En su escrito de respuesta desvía hacia las CCAA estas denuncias por tener las competencias exclusivas en materia de juego. En cuanto a erradicar las campañas publicitarias de estos juegos remite al Ministerio de Economía y Hacienda.

Respecto a la protección de los menores entra en el ámbito de actuación del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y en lo relativo a la defensa de los consumidores y usuarios hay que recurrir al Ministerio de Sanidad y Política Social. Interior no tiene más potestad que las funciones que realiza la Comisaría General de Policía Judicial en la comisión de delitos relacionados con el juego y puesta disposición judicial de sus autores.

No cabe duda que la respuesta ha sido rápida, pero en realidad lo que ha pasado es que la "patata caliente" ha cambiado de manos. Las CCAA tampoco va han a poder hacer gran cosa y los Ministerios, ya se verá... De momento, no me imagino que todos se lancen a cerrar páginas web de juego hasta que se aprueba la tan esperada y retrasada ley.

Y si por casualidad se les ocurriese, supongo que respetarán como mínimo el plazo preceptivo de seis meses tal como establece la ley.

Según el Apartado Dos de la Disposición Final Decimocuarta de la Ley 42/2006 señala que con efectos de 1de enero de 2007 y vigencia indefinida se modifica la disposición adicional decimonovena de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, que queda redactada en los siguientes términos:

«Uno. De conformidad con la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando, queda prohibida en todo el territorio nacional la venta, importación, circulación y producción de billetes, boletos, sellos o cualquier otro soporte de loterías, apuestas y demás juegos organizados o emitidos por personas o Entidades extranjeras.

Dos. Las Entidades que lleven a cabo, por cualquier medio, la publicación de los programas, anuncios o reclamos de las actividades mencionadas en el punto 1 de esta disposición adicional, o de las previstas en el punto 1 de la letra b) del apartado uno de la disposición adicional decimoctava de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, cuando estas carezcan de la autorización administrativa necesaria, deberán suspender dicha publicación en el período de 6 meses contado desde la notificación del requerimiento en el que se ponga de manifiesto la ilicitud de dichas actividades. Transcurrido dicho plazo sin que se lleve a cabo la cesación, estarán sometidas al régimen sancionador previsto en el punto b) del apartado uno de la disposición adicional decimoctava de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986.»

En mi opinión, el juego online es legal porque no hay prohibición expresa para que compañías de juego extranjeras operen bajo otras jurisdicciones de la Unión Europea. Y en cuanto a la referida " alegalidad", es un término ambiguo, un juicio de valor, un tránsito de comprensión moral y por tanto debería decirse que está pendiente de regulación. Nadie negará que el juego es legal en otras jurisdicciones que así lo contemplan. Pero aquí, por razones sobradamente conocidas, no se avanzado...

Llorar, quejarse, buscar culpables externos y no hacer nada, a muchos se les da muy bien...

LEY 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2007.
Disposición final decimocuarta. Modificación de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 1986.

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jueves, 11 de febrero de 2010

La Liga Portuguesa quiere acabar con el monopolio de la Santa Casa

Ayer se celebró en el hotel Tivoli de Lisboa, la conferencia "Apuestas online en el fútbol - ¿Qué sistema jurídico?" En que se puso de manifiesto que los clubes de la Liga consideran que es urgente regular el apuestas deportivas online en Portugal ya que podría convertirse en una fuente importante de ingresos para un deporte como el fútbol que cada vez es más frágil financieramente.
"El vacío legal en que Portugal se encuentra es perjudicial para todos. En primer lugar, para el Estado portugués, que pierde importantes ingresos fiscales, pero también para los clubes de fútbol, que aquí podrían encontrar una fuente adicional de financiación". Advirtió el presidente de la Liga, Herminio Loureiro, en el transcurso de la conferencia.

Una regulación de apuestas a través de un estatuto jurídico propio, acabaría con el actual monopolio de la Santa Casa, lo que para Hermínio Loureiro es la única solución para combatir el fraude en las apuestas. "No tenemos nada en contra de la Santa Casa de Misericordia, que incluso puede ganar en el futuro con la regulación de las apuestas online, pero no podemos seguir y aceptar esta situación de monopolio que existe hoy en día. En este momento, nadie puede ganar con las apuestas online, a no ser los operadores ", dijo el dirigente, señalando que "se utilizan a diario, los nombres y emblemas de los clubes de la Liga, sin que exista ningún ingreso".
Por su parte, El Secretario de Estado para el Deporte, Laurentino Dias se puso claramente al lado de los principales agentes deportivos en la lucha por la regulación de los juegos de azar online. Una batalla que pone en el mismo frente a los clubes de la Liga, a los operadores de apuestas y ahora parece que quizás al mismo Gobierno portugués.

Durante la sesión de clausura, Laurentino Dias dijo: "El Gobierno está seriamente decidido a considerar la posibilidad de encontrar una solución, que sin perturbar a la Historia, incorpore y abra un espacio para que la modernidad de las apuestas online tengan cabida y puedan operar en Portugal".
¿A qué se refería Laurentino Dias cuando hacía referencia a la Historia?
En Portugal hay un histórico, la atribución de licencias, de derechos, a lo que ellos denominan juegos sociales, a esa institución que es la Santa Casa y que les ha dado hasta ahora tan buenos resultados.

A continuación, sin comprometerse, Laurentino Dias, se mostró dispuesto a ayudar a encontrar una vía de entendimiento. Pero avisó: "El Gobierno no aceptará el cambio de regulación, si el objetivo es crear una fuente adicional de ensueño para el deporte portugués en general y el fútbol en particular. El Gobierno debe apoyar de una manera responsable el sistema deportivo",
¿Qué ocurre en otros países? Inglaterra e Italia han legalizado este mercado, mientras que Bélgica, Dinamarca, Francia, e Irlanda están considerando la legislación. Se dijo que en España se va por el mismo camino. (Aquí en España sabemos que todavía queda mucho por recorrer...) En Francia, que son bastante más rápidos que los españoles, el gobierno, con toda lógica, planea acelerar los debates parlamentarios, a fin de tener todo listo para la próxima Copa del Mundo.

Dirigentes de clubes, representantes de casas de apuestas, miembros de la Liga, de la Federación, los legisladores, todos parecían estar en consonancia con el cambio de la ley actual que prevé la prestación de los juegos sociales por la Santa Casa de Misericordia.

La idea va a más, lo ideal sería llegar a una legislación armonizada a nivel europeo, permitiendo que todos los operadores de apuestas online pudiesen operar bajo un mismo marco legal. Un camino que no puede darse a corto plazo – el 2012 fue la fecha más próxima sugerida por los participantes en esa conferencia- sin embargo, parece que ya se han empezado a dar los primeros pasos en ese camino sin ninguna posibilidad de retorno.

Precisamente, Sigrid Ligne, secretaria general de la EGBA, afirmó: "Estamos trabajando con varias personas en el Parlamento Europeo para persuadirles de que la armonización en Europa es fundamental para el sector. Somos optimistas de que esto pueda suceder, aunque no en un futuro próximo".Por cierto, según la EGBA, los ingresos de las apuestas a través de internet fueron alrededor de 6,5 mil millones de euros en el 2008, y se espera que alcancen los 11 mil millones de euros en 2012.
Veremos si esta conferencia celebrada en Lisboa sirve para que a Portugal le pueda llegar a pesar más la modernidad, que esa Historia tan Santa…
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lunes, 8 de febrero de 2010

Loterias Catalanas, un caramelo envenenado para Indra y Sientific Games

Increíble pero cierto, Lotería de Catalunya relanzará la Combi-3 en una "segunda versión" obviamente mejorada. Después de que la empresa operadora, Juegos del Mediterráneo (la UTE formada por Indra y Scientific Games) haya reparado los daños causados a la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas (EAJA). La Combi-3 estará disponible a partir del mes de abril con una mecánica de juego similar al anterior y que cumplirá con el principio de incertidumbre. Por cierto, la indemnización por daños y perjuicios causados a la E AJA por la incidencia técnica que obligó a paralizar temporalmente la Combi-3 ha sido de 1 .000.000 de euros. Con este millón la Lotería de Cataluña se resarce sobradamente de los daños de imagen y los perjuicios económicos causados por la suspensión de la Combi-3.

Toda aquella chapuza empezó con del primer sorteo en el que se detectó un importante error en la aplicación del diseño, ya que no cumplía el principio de incertidumbre, condición indispensable de las actividades en materia de juego. La repetición de números jugados en la combinación de tres apuestas realizadas manualmente, con el fin de obtener un premio de 3 / 6 del juego Lotto 6 / 49, generaba un número de ganadores superior al teórico de la máxima categoría 9 + de la opción de juego Combi-3.

Esta vez, la nueva condición que se introduce para garantizar el principio de incertidumbre y el correcto funcionamiento del juego, se basa en que dentro de las tres apuestas de la Lotto 6 / 49 que participan en la Combi 3, debe haber 15 números diferentes, 3 de los cuales se han de repetir una vez.

La Combi-3 comienza así una nueva etapa con una mecánica de juego similar al anterior. El relanzamiento del juego mantiene el objetivo inicial, aportar aspectos nuevos y positivos en la Lotto 6 / 49, ya que incorpora un componente más lúdico que lo diferencia de la competencia y permite nuevas combinaciones ganadoras.

Esta vez para explicar este relanzamiento y otros proyectos, la EAJA ha organizado ocho encuentros territoriales con todos los distribuidores de Loteria de Catalunya, que se celebrarán en Manresa, Barcelona, Tortosa, Tarragona, Girona, Sant Cugat del Vallès, La Seu d'Urgell y Lleida.

En estos encuentros también se detallarán los proyectos sociales a los que van destinados todos los beneficios de las loterías de la Generalitat, las mejoras en la operativa interna para los distribuidores de Loteria de Catalunya, el proyecto de apertura al público para que pueda presenciar en directo el sorteo de la lotto 6/49 y la implantación de las políticas del programa Juego Responsable.

La EAJA destina todos sus beneficios a fines de carácter social y el año 2009 aportó 15,6 millones de euros al Departamento de Acción Social y Ciudadanía para la ampliación y / o construcción de diversos equipamientos sociales destinados a personas con disminución o personas mayores.

Lejos queda las declaraciones que hacia Indra en diciembre de 2005:

…Los nuevos gestores, que han trabajado intensamente en el relevo y cambio de todo el sistema operativo, prevén alcanzar una recaudación media anual de 100 millones de euros en los primeros cuatro años de gestión, lo que representaría un incremento aproximado del 30% sobre la facturación obtenida por EAJA en 2004. Lograr dicho umbral de rentabilidad supone reorganizar extensamente los juegos actuales dependientes de la Generalitat (Loto 6/49, Super 10, Trio, Pica 3, Pica 5, Loto Express y Loto Rapid), optimizar los 2.500 puntos de venta en toda Cataluña, e introducir, en la medida de lo posible, nuevas modalidades de juego además de aplicar las más modernas tecnologías a los juegos ya disponibles (Internet, la futura televisión digital terrestre y, sobre todo, la telefonía móvil)…

Estas medidas de mejora incluyen la eliminación de algunos juegos o su sustitución por otros, como por ejemplo las apuestas deportivas. Además se pretende incrementar el acceso de los ciudadanos a las loterías catalanas mediante la incorporación de más puntos de venta y la búsqueda de soluciones "creativas", como colocar en la calle un camión en el que se venda lotería y que recorra los lugares de mayor concentración de personas (eventos deportivos, el litoral en los meses estivales o las zonas comerciales)…

…La ambición de Indra no se limita a alcanzar el objetivo de los 100 millones de euros de facturación para EAJA, sino que pretende superar los escollos todavía existentes dentro del negocio del juego en España y adquirir los conocimientos suficientes para operar sobre el terreno y ser puntera y competitiva en el desarrollo de la tecnología que le permita acceder a cualquier lotería del mundo…

Indra se ha centrado, de momento, en el mercado nacional como objetivo prioritario, porque cada Comunidad Autónoma que posea más de cuatro millones de habitantes puede contar con su propio sistema de loterías locales…

Adquirir conocimiento y experiencia dentro del sector del juego es la meta de Jocs del Mediterrani para expandir en el futuro este negocio a otros países

Si Jocs del Mediterrani cumple los objetivos previstos en materia de facturación, las inversiones realizadas deberían ser amortizadas hacia 2009 y, a partir de ese cuarto año de gestión, los ingresos se transformarán fácilmente en ganancias para ambas sociedades y la Generalitat…


?????

Sin embargo, me temo que después de casi cinco años, Indra y Scientific Games, sin haber podido cumplir la mayoría de sus objetivos, atados de pies y manos por la inoperancia y la ineficiencia de la política de juego de Generalitat, habrán sufrido no sólo una gran decepción sino una muy mala experiencia…

Al final ganar el concurso para gestionar las loterías catalanas ha resultado ser un caramelo envenenado!

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