
El dictamen confirma la primacía del derecho comunitario sobre la legislación nacional de juego sin permitir ninguna excepción o período de transición. El Abogado General Yves Bot desestimó el argumento de Alemania y otros Estados miembros de que se les debe permitir tal excepción. Los Estados miembros, por tanto, han de suspender inmediatamente la aplicación de la legislación nacional de juego que no es coherente con la legislación de la Unión Europea.
Este caso implicaba a Winner Wetten, una empresa ubicada en Alemania, que aceptaba apuestas en nombre de un proveedor de servicios de apuestas online con licencia y registro en Malta. El Tribunal de Justicia de Colonia preguntó si los gobiernos están autorizados a seguir aplicando durante un período transitorio, la legislación de juego que no es compatible con la libertad de establecimiento y libre prestación de servicios según las disposiciones del Tratado de la UE. El Tribunal Colonia consideró que la ley de apuestas deportivas del Nort Rhine-Westfalia que está en vigor desde el 2006, es incompatible con la libre prestación de servicios tal como se interpreta en la sentencia Gambelli.
El abogado General Yves Bot ha aclarado que no hay argumentos legales para permitir una excepción a la aplicación directa del Tratado para el sector de juegos de azar y apuestas. Además, Abogado General confirma que no está en el interés de los consumidores mantener la no aplicación de legislación de la UE que no ofrece una protección coherente y sistemática. De acuerdo con Yves Bot, dicha legislación es en sí misma inapropiada para la protección de los consumidores.
Algunos párrafos de las Conclusiones del Abogado General en el Asunto C-409/06:
111. A mi juicio, dos obstáculos se oponen a que una legislación nacional como la normativa controvertida pueda mantenerse en vigor cuando es contraria al Derecho comunitario.
112. El primero de ellos se basa en que, según la premisa del órgano jurisdiccional remitente, esta normativa no contribuye a limitar las actividades de apuestas de modo coherente y sistemático. En otros términos, la citada normativa produce el efecto de prohibir a los organizadores de apuestas deportivas establecidos en los otros Estados miembros que ofrezcan sus juegos a los consumidores que residen en el Land de NRW pero no protege a estos consumidores frente a una incitación excesiva al juego por parte del operador autorizado.
113. Por tanto, no cabe admitir la alegación según la cual el mantenimiento de la normativa controvertida es necesario para evitar un vacío jurídico ya que la citada normativa no es en sí misma adecuada para proteger a los consumidores. Según la premisa del órgano jurisdiccional remitente, dicha normativa únicamente constituye, en realidad, una medida discriminatoria o, al menos, proteccionista.
114. El segundo obstáculo se basa en que, según la misma premisa, la normativa controvertida es contraria a la libre prestación de servicios a la vista de los criterios establecidos por el Tribunal de Justicia en la sentencia Gambelli y otros, antes citada, dictada más de 18 meses antes de la adopción de los actos impugnados en el marco del recurso principal.
El Secretario General del EGBA, Sigrid Ligné ha comentado: “Este dictamen es fundamental para la evolución en Alemania. El Abogado General ha dejado claro que el derecho comunitario prevalece y que las restricciones injustificadas no son admisibles ni siquiera por un período de transición. La opinión de hoy en día impulsarán aún más el debate político actual sobre el juego online en Alemania”.
V. Conclusión
122. A la vista de las consideraciones anteriores, propongo al Tribunal de Justicia que responda de la manera siguiente a las cuestiones prejudiciales del Verwaltungsgericht Köln:
“Una normativa de un Estado miembro que restringe la oferta de apuestas deportivas con el fin de defender intereses mencionados por el Tratado CE o considerados legítimos por la jurisprudencia debe, para ser conforme al Derecho comunitario, perseguir sus objetivos de modo coherente y sistemático.
Incumbe al juez nacional comprobar si se cumple este requisito tomando en consideración la totalidad de los objetivos de la normativa controvertida y apreciar los efectos concretos de ésta en los consumidores teniendo en cuenta el gran margen de apreciación de los Estados miembros en esta materia.
Asimismo, el órgano jurisdiccional remitente podrá, en su caso, tener en cuenta las indicaciones dadas en la sentencia que ha de dictarse en los asuntos acumulados Stoß y otros (C‑316/07, C‑358/07 a C‑360/07, C‑409/07 y C‑410/07).
Un órgano jurisdiccional de un Estado miembro no puede seguir aplicando con carácter excepcional y transitorio su normativa nacional en materia de apuestas deportivas si dicha normativa constituye una restricción no justificada a la libre prestación de servicios en cuanto no contribuye a limitar las actividades de apuestas de modo coherente y sistemático.”
Sigrid Ligné además añade: "Estamos de acuerdo con las conclusiones del Abogado General Bot. Esencial es la confirmación de Bot en cuanto que es perjudicial para los consumidores disponer de una legislación nacional de juego que no ofrezca una protección coherente y sistemática. Muchos Estados Miembros no disponen de una legislación de juego coherente y sistemática; está opinión refuerza claramente nuestro argumento."
Aún no se ha establecido una fecha para la decisión del Tribunal de Justicia de la UE.
En definitiva, una buena noticia desde Europa para el sector del juego online…
Información adicional:
Conclusiones del Abogado General Yves Bot Asunto C-409/06: Winner Wetten contra Bürgermeisterin der Stadt Bergheim (26 de enero de 2010)
Sentencia Gambelli (6 de noviembre de 2003)
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