
Detrás de este anuncio está la empresa Monte Regio dedicada a la fabricación y la distribución de productos cárnicos. La compañía cuenta con 5.000 clientes de hostelería y 1.500 clientes de ámbito doméstico en la Comunidad de Madrid.
Un anuncio que no es el primero ni será el último y que viene motivado por la futura liberalización del juego online. Con la nueva regulación de venta de juegos a través de internet, el canal vending se convierte en una buena herramienta para promover los productos de una forma más moderna y acorde con los tiempos.
Hay que tener en cuenta que la red comercial de LAE puede variar, y ampliarse con nuevos puntos, tal como así lo deja entrever las preguntas 115 y 116 del documento “Fortalezas para competir” ( 145 preguntas y respuestas sobre el cambio de LAE):
115. ¿Se va a generalizar la venta de los juegos de LAE en las gasolineras y en las estaciones de servicio?
R. No. Los juegos de LAE se seguirán vendiendo en los puntos de venta de la red comercial existentes en cada momento, salvo excepciones en algún caso de especial interés comercial.
116. ¿Se puede poner en los kioscos de prensa alguna maquina pequeña expendedora de LAE autónoma?
R. No. No se pondrá ninguna máquina en ningún establecimiento que no sea de la red comercial de LAE, los cuales serán seleccionados mediante un procedimiento basado en los principios de publicidad y concurrencia.
El Estado si no pretende inundar el territorio nacional con máquinas expendedoras de lotería y otros juegos dependientes de LAE, al menos no le viene nada mal llegar al mayor número de clientes potenciales. Es probable que en los próximos años, el boleto tradicional conviva con la venta automática de recibos electrónicos que serán expedidos por mecanismos automáticos instalados en centros comerciales, estaciones de servicio, restaurantes, kioscos, etc.
Precisamente ayer, LAE publicaba en su sección de noticias el Comunicado de Dirección Comercial sobre máquinas expendedoras:
COMUNICADO DE LA DIRECCION COMERCIAL DE LOTERIAS Y APUESTAS DEL ESTADO SOBRE LA INEXISTENCIA DE AUTORIZACIÓN PARA LA COMERCIALIZACION DE LOS JUEGOS DEL ESTADO, A TRAVES DE MAQUINAS EXPENDEDORAS, POR EMPRESAS MERCANTILES AJENAS A LOTERIAS Y APUESTAS DEL ESTADO E INSTALADAS EN LOCALES QUE NO FORMAN PARTE DE SU RED COMERCIAL, ASI COMO DE LA CARENCIA DE VALOR ALGUNO DE LOS RESGUARDOS EMITIDOS POR DICHAS MAQUINAS A EFECTOS DE PARTICIPACIÓN EN LOS JUEGOS DE LAE.
Como consecuencia de la información que ha sido remitida a esta Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado (en adelante LAE) sobre la instalación de determinadas máquinas expendedoras, que al parecer emiten resguardos sobre juegos de titularidad estatal, debe ponerse de manifiesto públicamente, a través de este comunicado, que esta entidad pública empresarial no ha autorizado a ninguna sociedad mercantil para la instalación y comercialización de los juegos que le competen, a través de dichas máquinas expendedoras, que se encuentran ubicadas en determinados locales que no son, en modo alguno, puntos de venta de su red comercial.
En este sentido debe indicarse que:
1º. LAE tiene la competencia exclusiva para la comercialización de los juegos del Estado y no ha otorgado autorización o licencia a empresa alguna, que permita desarrollar una actividad para la comercialización de sus juegos, salvo la que, a dicho efecto, disponen los puntos de venta oficiales de su red comercial, todos ellos identificados perfectamente con la imagen corporativa de LAE.
2º. No existen máquinas expendedoras de resguardos de juegos de LAE y entre sus objetivos no figura la instalación de este tipo de máquinas. Las que puedan encontrarse en el mercado, no están conectadas con LAE o con sus sistemas de validación de apuestas, y por tanto no emiten resguardo oficial alguno. Cualquier resguardo expedido por dichas máquinas carece de valor de participación en los juegos de titularidad estatal, toda vez que el único documento válido es el emitido terminales on-line ubicados en los puntos de venta de la red oficial de ventas de LAE o el “décimo” de Lotería Nacional preimpreso fabricado por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, siendo responsable de esta actividad y de cualquier problema que pueda surgir la empresa gestora o la titular del establecimiento.
3º. Las sociedades o establecimientos que disponen de las reiteradas máquinas carecen de cualquier tipo de autorización de LAE para la venta y comercialización de los juegos de titularidad estatal, debiendo considerarse la citada actividad como una vulneración de la normativa vigente sobre juegos del Estado. En todo caso, debe señalarse que no existe una liberalización de la venta de loterías y tampoco del resto de juegos de titularidad estatal. Su comercialización está sujeta al cumplimiento de determinados requisitos, de acuerdo con la normativa vigente.
4º. Por último señalar que, en cuanto, al control, seguimiento y persecución de este tipo de actividades, es competente para tramitar las denuncias que hubiere la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales; y en el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas, los órganos que estas determinen. Loterías y Apuestas del Estado viene efectuando sistemáticamente la denuncia correspondiente cuando tiene conocimiento fehaciente de la existencia de dichas máquinas expendedoras.
La Dirección Comercial
Un comunicado que si se lee entre líneas no hay realmente una prohibición, sino cierta tolerancia y que deja en manos de los que se sientan afectados para que formulen denuncias si lo estiman pertinente, pero no creo que LAE vaya a actuar de oficio, como tampoco lo ha hecho con las webs que llevan años intermediando sus productos…
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