martes, 31 de agosto de 2010

Catalunya da hoy luz verde al proyecto de ley de juego online

Leo en el País que La Generalitat se avanza al Estado y regula el juego online”:

El juego online genera 350 millones de euros anuales en España. Pero, como es una actividad alegal, el dinero se esfuma. La Generalitat se ha cansado de esperar la prometida regulación del sector por parte del Gobierno central y hoy dará luz verde a su propio proyecto de ley, que fija los requisitos mínimos para los operadores del juego en Internet. Las empresas que operen en Cataluña deberán tener un sistema que identifique al jugador y que permita saber, por ejemplo, durante cuánto tiempo ha jugado.

Se espera aprobar una regulación del juego online obviando las dificultades prácticas que conlleva la regulación territorial de un servicio que por su propia naturaleza es transfronterizo.

El texto pretende tener carácter general y cubrir todos los aspectos del juego en Cataluña, sustituyendo a la anterior Ley del Juego (Ley 15/1984 de 20 de marzo) y adaptarlo al cambio del concepto tradicional del juego con la aparición de las nuevas tecnologías y de la explotación de juegos y apuestas por medio de comunicaciones electrónicas.

La Ley de Juegos y Apuestas elaborada por el Departamento de Interior -que hoy aprueba el Consell Executiu- sustituye la de 1984, que "había quedado obsoleta", según la directora general del Juego y Espectáculos, Mercè Claramunt. El nuevo texto obligará a las empresas a disponer de una sede social en Cataluña, aunque sus efectos son limitados: afecta solo a los operadores que "se destinen principalmente a clientes de Cataluña" y a los apostadores que residan en esta comunidad. Interior admite las limitaciones: Internet no tiene fronteras y la regulación por comunidades autónomas no es la idónea, coincide el sector.

Después de 26 años es cierto que la regulación es un tanto obsoleta y que ha aparecido internet sin fronteras y otras tecnologías… Aún así, Catalunya se lanza a regular con las dificultades técnicas que conlleva. Desde mi punto de vista bastante absurdo.

El requisito de obligar tener la sede social de la empresa en Cataluña, me parece que puede ser contrario al derecho comunitario por contravenir el principio de libertad de establecimiento para todas aquellas sociedades constituidas con arreglo a la legislación de cualquier Estado miembro y cuyo domicilio social, administración central o centro de actividad principal se encuentre dentro de la Comunidad Europea.

Por primera vez, la ley regula la publicidad y exige a las empresas que comuniquen previamente la difusión de anuncios de juegos y apuestas. El proyecto prohíbe incitar al juego "compulsivo", promoverlo mediante obsequios o consumiciones gratis y dirigir la publicidad a menores. El proyecto de ley prevé la creación de la Comisión del Juego de Cataluña, un órgano consultivo en el que estarán representados todos los actores del sector. La ley, además, obligará a la Generalitat a "fomentar una política integral del juego responsable" para disminuir los efectos de la ludopatía.

Afortunadamente, una de las diferencias claras entre el juego presencial y el online es que en este último, se puede implementar herramientas eficaces para identificar e incluso prevenir patrones irregulares de juego, porque precisamente permite rastrear y medir prácticamente todo, algo imposible en el juego offline.

Miedo me da la fiscalidad que no se menciona. En la medida en que no se concreta ninguna cuantía de las fianzas ni el régimen fiscal específico que se exigirá a los operadores que quieran optar por una licencia. Supongo que no se caerá en el error de aplicar tasas demasiado elevadas al juego online ya que éste dejaría de ser competitivo y el jugador huiriá a mercados con ofertas más atractivas. Por lo tanto, las tasas aplicables al juego remoto deben ser bastante más bajas que las que se aplican al juego presencial.

El juego por internet sobrepasa fronteras, no puede someterse a limitaciones territoriales, y la oferta llega al y desde el mundo entero, y por tanto es bastante difícil bloquearlo. Aún así, ¿podemos esperar que la regulación catalana sea eficiente y competitiva? Para algunos, puede que sí...

Información relacionada:

Anteproyecto de la Ley del juego y apostas de Catalunya

Aprobado el proyecto de ley de Juegos y Apuestas de Cataluña, que regula por primera vez el juego online (Nota de prensa en catalán 31/08/2010)

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9 comentarios:

  1. A ver, pero la ley nueva que está regulando onlae ¿no está por encima de cualquier ley autonómica?...

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  2. He estado leyendo el anteproyecto de ley y al menos no parece tan restrictivo como el francés / italiano.

    Está claro que lo ideal sería el modelo de UK.

    Me gustaría saber más sobre el tema fiscal... lo dispuesto en el título IV anteproyecto de ley. Menciona "Los juegos y las apuestas están sujetos a los impuestos y las tasas en los términos establecidos en las normas tributarias vigentes."

    Donde puedo consultar esta normativa?

    Gracias

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  3. Esto será como el Estatut , desde el gobierno central se lo cargarán todo y punto . De todos modos veo oscuras intenciones , vienen elecciones autonómicas y habrá cambios significativos en el gobierno . Me huele a intento de beneficiar a alguna empresa local del sector antes de la inevitable desbandada de cargos... no se , no se . Como todos sabemos , hay pocas donde elegir , y además , si quieren optar a algo lo van a tener un pelín crudo para igualar a las que operan en el extranjero . Además , las simpatías políticas serán las que decidan , por encima de otros criterios , como ha venido siendo habitual desde el principio . Ya veremos como acaba ésto , pero como siempre , el intento de innovación nos va a pillar a tren pasado .

    Saludos .

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  4. Cuando se regule el juego online a nivel estatal no tendrán sentido las regulaciones de ámbito autonómico.

    La tributacion es el nudo gordiano del juego online, nadie habla de su fiscalidad. No puede ser elevada porque entonces la explotación del juego puede dejar de ser atractivo como negocio para los operadores

    Para consultar la tributación del juego regulado:

    "Medias autonómicas sobre tributos cedidos aprobadas para 2010"

    http://www.meh.es/Documentacion/Publico/PortalVarios/FinanciacionTerritorial/Autonomica/Cap%C3%ADtulo%20II%20Tributaci%C3%B3n%20Auton%C3%B3mica%202010.pdf

    También puede resultar interesante leer un estudio publicado por el IEF de cara a la fiscalidad futura del juego online:

    "Tributación de las apuestas y los juegos
    desarrollados a través de Internet desde la
    perspectiva de la fiscalidad internacional"

    http://www.ief.es/Publicaciones/Revistas/Cuadernos/10_2010/12.pdf

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  5. Me llega este correo que reproduzco:

    "Catalunya ha aprobado la ley sin haberla notificado. Según la directiva 98/34/CE, la Ley debería haber sido notificada previamente a la Comisión Europea. Por ahora, sólo Ceuta y Aragón han notificado sus respectivas normativas. Sin una notificación previa no llegarán a ninguna parte."

    No sé si alguien se ha caído en la cuenta de trámite preceptivo...

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  6. Lo dicho , chapuzas de última hora , los últimos coletazos del tripartito intentando asegurarse algún cargo después de las elecciones...

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  7. Hola, qué ha pasado finalemnte con todo esto?
    qué repercusiones ha tenido?
    Laura, como afectará esto a un jugador profesional del poker online?

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  8. Todavía está todo muy verde, además hora ha habido un cambio de Gobierno lo que retrasará aún más la regulacion y su desarrollo rglamentario .

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  9. Buenos días Laura,

    Buscando información sobre el juego on line en Cataluña, veo que esta ley finalmente no se aprobó, supongo porque ya carecía de sentido ya que al año siguiente entró en vigor la ley del juego 13/2011, de ámbito nacional.

    Sin embargo dicha ley excluye de su competencia el juego que se lleve a cabo en una única CC.AA. Me entra la duda, en caso de pretender, por ejemplo, llevar a cabo apuestas deportivas on line en el territorio de Cataluña, sería ilegal o alegal? Porque en el Reglamento de Apuestas 27/2014 de 4 de marzo de Cataluña, si no me equivoco, regula las apuestas presenciales (es decir, en local).

    Un saludo,

    Rubén

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