viernes, 19 de noviembre de 2010

Jueces, abogados y políticos españoles se reúnen para tratar sobre los presuntos ilícitos penales y administrativos en el juego online

Ayer se realizó en Madrid una Mesa Redonda para tratar sobre los presuntos ilícitos penales y administrativos en el juego online, organizada por la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (Acijur).

Las apuestas por internet son un negocio que este año se estima podría alcanzar los 300 millones de euros de beneficios según la AEDAPI. Es un sector que todos saben que no está regulado y muchos saben también por qué…Eso genera inseguridad, todo tipo de comentarios a favor y en contra, y algunos problemas legales, de esto último es de lo que han hablado ayer juristas, magistrados, fiscales, y policías.

Reproduzco el artículo publicado en Capital News sobre la referida Jornada:

El juego online debe tributar en España si el cliente reside en España o usa una tarjeta española



Antonio Romeral, fiscal Anticorrupción, denunció ayer jueves que la Fiscalía no actúa de oficio ante la actuación de las empresas de juego online, porque las Administraciones no denuncian las cantidades de dinero que componen los presuntos delitos cometidos y, por tanto, no se puede evaluar si se trata de un delito administrativo o penal.


Diversos magistrados del Tribunal Supremo han denunciado, en unas jornadas sobre el sector del juego online organizada por la Asociación de Informadores y Comunicadores Jurídicos (ACIJUR), con la colaboración de la editorial jurídica Datadiar y el Centro Internacional Carlos V de la Universidad Autónoma, que buena parte de estas empresas cometen delito de contrabando continuado al prestar servicios en España sin licencia de juego, sin pagar impuestos y eludiendo los controles sobre el cumplimiento de las obligaciones legales con los consumidores, los menores y los ludópatas. Me pregunto: ¿Buena parte de las empresas? ¿¿Las miles que circulan por internet? ¿Las que cotizan en las bolsas europeas? ¿Cuáles y por qué?


Un informe del Reino Unido publicado conjuntamente en julio de 2008 por la organización de caridad infantil NCH, la organización caritativa de apoyo a problemas de juego GamCare y la organización Citizencard (que proporciona la prueba de los servicios de edad), revela que sólo 7 de los 37 sitios de juego examinados negó la entrada a una niña de 16 años al introducir sus datos en la red. Me sigo preguntando: ¿De las empresas con licencia o de cualquier chiringuito del mundo mundial que está accesible en  la red?


Desde un punto de vista legal, la Ley de Represión del Contrabando prohíbe expresamente la comercialización e importación de juegos no autorizados por la Administración competente. La falta de homologación por las autoridades competentes en España en materia de juego y, en suma, la posible manipulación de los equipos y elementos informáticos con la intención de defraudar al jugador. ¿Damos por supuesto que están manipulados todos los software tanto los certificados y testeados, como aquellos que no?


El fiscal se refirió a un precedente comunitario. La sentencia de septiembre de 2009, que declaró que el juego prestado a un consumidor en Portugal debe regirse por la legislación local y no por la del país donde se encuentra el servidor. ¿Sacamos el listado de sentencias del alto tribunal europeo que sentencian a favor y en contra de los operadores onlnine y a favor y en contra de los monpolios?

Romeral consideró que la prestación de servicio en España, a pesar de que el servidor se encuentre en un paraíso fiscal, debe considerarse producida en España, igual que si la empresa tuviese un establecimiento permanente o temporal. En este último caso, la empresa debería pagar por la renta de no residentes.

En un principio en el seno de la OCDE se apoyó que el servidor marcaba el lugar de prestación del servicio, aunque estas tesis ya están superadas y se estima que la fiscalidad del lugar donde la sociedad prestadora del servicio debe regir es el de mayor peso económico.


No existen problemas de interpretación en el caso de las sociedades establecidas en países con convenios de doble imposición por establecimiento permanente.


Por otra parte, cuando el operador se encuentra fuera de la Unión Europea y el consumidor en España y se paga con tarjeta de crédito, el servicio se considera a efectos tributarios localizado en España y debe, por tanto, tributar por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Sin embargo, la normativa comunitaria establece que un prestador de servicios instalado en un país de la Unión Europea cobrará el IVA al cliente residente en España.


Cuando se paga el juego con una tarjeta de crédito vinculada a España la tributación corresponde a este país. En estos casos el prestador deberá pagar los impuestos por “ventanilla única”, para que posteriormente se distribuya el IVA entre los diversos países con tarjetas vinculadas.


Con respecto a la tasa del juego, sin embargo, se piensa en Hacienda que los juegos online no la pagan, al contrario que en los casinos físicos y en las casas de juego, puesto que en una partida pueden intervenir una persona situada en España y el resto en otros países del mundo. Por ello, se considera que el juego no está territorializado, que no se desarrolla en España.


La alarma entre los responsables de Hacienda ha surgido al observar que en el borrador de anteproyecto en que actualmente trabaja la Administración del Estado no hay ningún artículo que modifique el tratamiento del IVA.


No obstante, con la nueva ley se tratará de lograr que para poder acceder a web de juego online’será obligatorio introducir el NIF, que será verificado por la Administración, para evitar que, como ocurre ahora, se pueda acceder incluyendo el nombre del perro o del gato y sin más comprobaciones. Jajaja...


El juego online movió en España 575 millones de euros durante el pasado año 2009 a través de 200.000 jugadores, según el informe sobre apuestas y fraude en la red elaborado por la compañía de seguridad digital S21sec. Debido a la falta de control y a que se trata de un ejemplo de economía sumergida, es imposible conocer su volumen real. Otros informes lo elevan hasta los 2.200 millones de euros anuales. El problema de la falta de datos fiables de carácter oficial. ¡Cuánto baile de cifras!


A finales de 2010, los usuarios de los juegos en la red podrían rondar los 280.000, según las estimaciones de la patronal de los operadores de juego online AEDAPI, lo que supone un crecimiento del 40% en un año.

También está el corte de la noticia emitida ayer en los informativos de RTVE en el siguiente enlace:
Contrabando sí o contrabado no...juegan hasta los perros y los gatos...vete a saber si por esto, LAE tiene como a mascota a don "pancho" y en su anuncio de loterías de navidad de este año, saca entre otro personajes infantiles, al mismo "gato con botas"...
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6 comentarios:

  1. Habia alguien en la mesa redonda que realmente entienda el juego, o solo expertos en leyes y delitos...? Creo que para regular hay que entender y haber estado dentro de estas empresas, mucho más transparentes y accesibles que las de juego presencial. Vamos por mal camino para esta regulacion, y las prisas por reaudar van a pasar factura a la hora de regular algo que hace ya mucho tiempo tenia que haberse hecho. Si se regula desde el know-how y el sentido común, la industria gaming no solo puede aportar para las arcas del estado, sino que puede generar muchos puestos de empleo. En fin, a ver si nos hacen caso y nos invitan a sentarnos con ellos :))

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  2. yo soy apostador profesional deportivo online con ganancias superiores a 5.000 euros al mes. Por lo que entiendo, ¿tras la regulación no me quedará otra opción que ir a vivir al extranjero y usar tarjetas de crédito de bancos extranjeros, no?

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  3. Otra opción imagino que sería emplear a una persona residente de un país donde el juego sea alegal, para que con sus datos y tarjeta de crédito de ese país, abra la cuenta e ingrese y retire el dinero, y el apostador profesional pueda seguir apostando viviendo en España, ¿no?
    Estoy buscando consejo profesional de asesor experto que me resuelva todas estas dudas ya que mis ingresos del juego son enormes, algunos mess superiores a 10.000 euros, y quiero seguir manteniéndolos tras la uneva ley.
    Gracias.

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  4. Lo dije o no lo dije.
    Soy administrador de loterías y llevamos toda la vida dependiendo de las decisiones de personas encerradas en despachos que no saben lo que dirigen. Decisiones que cuestan cada día dinero al Estado y de las que nadie se hace responsable .
    ¿ Por qué iba a ser distinto esta vez ?
    El mundo del juego es muy amplio y estoy seguro que cabemos todos, de una manera u otra, hay infinidad de posibilidades de negocio, distintos perfiles de clientes,incluso colaboraciones entre empresas (imagínate apuestas deportivas "modernas" en la red de LAE)etc, etc, no me alargo.
    Para que veáis cómo vamos, a estas alturas todavía no se puede cobrar la lotería con tarjeta de crédito a no ser que el administrador asuma la comisión del banco de manera privada.
    ¿ Juego presencial, juego no presencial ?
    ¿ Estáis seguros que saben lo que es cada cosa ?
    Yo no.

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