viernes, 26 de noviembre de 2010

Un nuevo borrador del anteproyecto del juego online incluye un tipo impositivo del 35%

Leo con estupor el titular publicado ayer en eleconomista.es: El nuevo borrador de Ley incluye un tipo del 35% para el juego online


El sector del juego español ha recibido con asombro el nuevo borrador de la Ley del Juego elaborado por el Ministerio de Economía y Hacienda, fechado en el mes de noviembre, y que transpone el modelo adoptado por Francia, puesto que incluye un tipo del 35% sobre los ingresos brutos (sin descontar los premios), cerca de diez veces más que los vigentes en Reino Unido e Italia.


Críticas al modelo francés


El modelo francés es criticado por sus malos resultados comprobados, al tratarse de un tipo de gravamen que repercute sobre la competitividad del mercado y recorta los premios del consumidor.


La experiencia francesa, señalan las diferentes fuentes consultadas, motiva que los apostadores realicen sus apuestas en webs de otros países donde obtienen mejores precios, sobre todo domiciliados en paraísos fiscales y territorios off shore aunque no cuenten con la protección del paraguas de la legislación francesa sobre consumo.


Comunidades autónomas y Economía mantienen estancado el debate sobre la gestión y reparto de los ingresos tributarios del juego online, tras la reunión de la pasada semana en Toledo…

Reproduzco dos comentarios a la noticia:

- “Un tipo del 35% sobre los ingresos brutos (sin descontar los premios) es una auténtica aberración... es como si el fisco dijera que a partir de ahora las sociedades españolas tributaran al 35% de la facturación en lugar de los beneficios. Al día siguiente habría Guerra Civil..... :-(“


- “¿Y las empresas con licencia europea? ¿En base a qué se les puede acusar de contrabando o exigir tributar en España? Con propuestas ridículas como ese 35% sobre ingresos brutos no hacen más que dejar de cobrar impuestos (ya hay empresas con licencia en Francia pensando en abandonar el mercado porque no es rentable), y dejar expuestos a los usuarios que tendrán que jugar en empresas offshore si quieren tener opciones de ganar dinero. Las apuestas deportivas no son la lotería, señores, evolucionen que estamos en el siglo XXI.”

Vemos, si el objetivo es cargarse el sector del juego del juego online, ¿por qué aplicar un tipo del 35% sobre los ingresos brutos? Si la idea es que los operadores extranjeros huyan de España como el diablo a la cruz, quizás se podría establecer un tipo del 50%, y ¿por qué no del 75%?

No hace falta decir que si no se regula el juego por internet convenientemente, España no será un país competitivo ni interesante, como ya lo es en unos cuantos sectores de actividad... Todo esto dependerá en gran parte del nivel impositivo que se plantee ya que los márgenes de esta actividad no son tan altos como algunos ignorantes parecen creer. Hay que buscar una fiscalidad razonable, hay que encontrar un punto de equilibrio en el que el Estado recaude, y las empresas sean sostenibles.

Si se quiere combatir el mercado negro y dirigir la demanda de los consumidores hacia operadores de juego legales, la fiscalidad nacional tiene que ser competitiva a nivel internacional teniendo en cuenta la base imponible y el tipo.

La base imponible debería ser los ingresos netos del juego o Gross Gaming Revenues que son las cantidades apostadas menos cantidades en premios, como ocurre en el Reino Unido, Italia y en la misma Comunidad de Madrid. Esto es así por dos motivos: primero, porque el GGR es neutral respecto de la forma y el tipo de juego, y segundo, porque representa los ingresos reales de los operadores, fomenta la competitividad y además aumenta la recaudación fiscal del Estado.

Es esencial en cuanto al tipo que España cree unas condiciones de mercado competitivas respecto de los países de su entorno. Un tipo de 10-20% de GGR (es decir sobre 1 a 2% de las apuestas), sería viable. La mayor parte de los países en los que el juego online está permitido desde hace más de dos años, la fiscalidad es alrededor del 15% del GGR.

En la Comunidad de Madrid se ha fijado una tasa del 10% de GGR. En el Reino Unido se está planteando una reducción al 10% ya que varias compañías han abandonado el país camino a Gibraltar. Italia es un ejemplo de un país que cometió un grave error y posteriormente se vio obligada a rectificar. Al principio, cuando abrió el mercado en 2006, optó por una fiscalidad muy elevada (7,5% de las cantidades apostadas en apuestas deportivas) y en 2008 tuvo que reducir la fiscalidad a la mitad (3,8% de media sobre las cantidades apostadas en apuestas deportivas) y recientemente ha establecido el 20% sobre GGR (esto es 1,5 a 2% de las cantidades apostadas) como la tasa de los nuevos juegos que se acaban de liberalizar: juegos de casino, de dinero, póker y apuestas deportivas cruzadas. En Dinamarca, que se liberalizará a mediados del 2011, se ha fijado una tasa del 20% de GGR.

En fin, prefiero pensar que esta noticia es uno de tantos globos sonda “typical spanish” que suelen lanzarse a la prensa en un contexto muy propicio donde abunda la falta de transparencia y se fomenta la rumorología soltando distintos borradores de forma oficiosa. Y ¿Cuál es el objetivo? ¿Regular o hundir el sector? Si es hundirlo, vamos por buen camino…
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9 comentarios:

  1. Esto es España ,aqui no damos para mas ,esto esta lleno de ladrones y corruptos ELLOS VERAN LOS QUE HACEN pero si con esto quieren recaudar a saco se van a equivocar estos ladrones .
    Los usuarios somos mas listos que ellos y se esto al final acaba tan mal despues de la regulacion ya nos encargaremos nosotros de seguir apostando y jugando en salas extrangeras ,hay maneras de hacerlo ,
    asi que ya veran lo que hacen.

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  2. El señor GARCÍA-LEGAZ PONCE expuso lo siguiente sobre el modelo que debería tener el actual operador oficial. Nos parece que lo oportuno es que se genere un operador puramente privado que compita en igualdad de condiciones con todos los demás operadores privados que ya existen, o los que puedan surgir en un mercado de libre competencia.

    Ahora deciden que los operadores privados de tributen el 35% de sus ingresos brutos sin descontar los premios.

    Igualdad de condiciones? Con dos C.....s

    No pretenderán que los operadores privados tengan que cargar con la tributación de los premios del operador publico que actualmente están libres de impuestos?

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  3. Hola Laura,

    Me parece que he entendido mal, o es que es el 35% del Bruto??? o del Neto????

    En el caso por ejemplo del Poker, los bonos, rakeback y otros gastos deducen el bruto. Despues de reducir todo estos premios se cobraria??? o se cobraria el 35% antes de todos los gastos que te he mencionado??

    Cuando hablas de que GGR que en italia y reino unido es 10 veces inferior, es que en Italia te cobran sobre las apuestas totales 3,8% ... es decir si apuestas 1000€ el estado se lleva 38€ ?

    Este porcentaje del 35% es sobre este ejemplo que te he hecho?'?

    El tipo impositivo de este borrado es aplicable a todos los juegos: apuestas, bingo, poker... ???

    Gracias por tu respuesta, y me gusta mucho tu blog

    Besos xxx

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  4. Cómo afectaria al poker? 35% sobre el bruto que ganan las casas de poker? eso como repercutiria al jugador en general y al jugador particular?

    Gracias por tu respuesta Laura.

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  5. De todas maneras tengo una duda. Supongamos que el Estado aprueba esta basura de ley y las casas de apuestas deciden irse (como pasó con Betfair en Francia). ¿Los que nos dedicamos a esto tendríamos alguna opción de seguir apostando en casas con licencia en la UE (aunque no en España en concreto) o el estado tiene derecho a prohibirlo?¿no atentaría contra el derecho al libre comercio en la UE?....¿Esta gentuza socialista que nos gobierna puede obligarnos a emigrar al RU??? Muchas gracias Laura por tu información

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  6. Gracias por vuestras aportaciones. Ya no me atrevo a responder algunas de las preguntas que me planteáis... estamos hablando sobre una nueva versión de un borrador de una anteproyecto que ni siquiera sabemos si circula por ahí...

    En cuanto al 35% se refiere a la XX del artículo 7 del primer anteproyecto:
    http://lauraguillot.blogspot.com/2010/09/anteproyecto-de-juego-distintos-tipos.html
    Pero tampoco dice gran cosa, se supone que en un posterior desarrollo reglamentario se especificará...supongo que habrá que esperar un par de años!

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  7. Como siempre nuestros preparadisimos dirigentes copiando lo peor de otros paises, en este caso Francia.

    Pues parece que en el pais vacino ya reculan, como se puede leer aqui:

    http://www.bookmakersreview.com/Ratings_History/French_competition_authorities_to_review_countrys_online_gambling_market/10683/

    No obstante yo creo que la avaricia de nuestros dirigentes les impedira escarmentar en piel ajena y mas en tiempos de depresion economica, cargandose las apuestas online en España

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  8. VERGUENZA SE SER ESPAÑOL !!!!

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  9. Espero que la legislativa reconocerá a su error, en el caso de casas de apuestas así no hace ningún sentido. No sería rentable para nadie y arruinaría el mercado legal - el contrario de lo que pretende a querer.

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