Aunque es muy pronto para valorar el Proyecto de Ley, la AEDAPI se alegra porque al final la fiscalidad aplicada es sobre las ganancias en vez de las cantidades apostadas, aunque el tipo del 25% es de los más elevados de Europa.
Comunicado de prensa:
La AEDAPI aplaude el modelo de tributación aprobado por el Consejo de Ministros
• La AEDAPI da la enhorabuena al organismo regulador tras conocer que el tipo de tributo se fijará en su mayoría sobre ingresos netos, la manera más coherente de gravar este sector
• El sector recibe con satisfacción el aumento de protagonismo de las Comunidades Autónomas en el proceso de regulación y en su posterior desarrollo
• La asociación cree que aún hay mucho trabajo por hacer y muchos puntos por definir
La AEDAPI ha conocido el contenido del Proyecto de Ley aprobado el pasado viernes 4 de febrero por el Consejo de Ministros y felicita al Ejecutivo por la labor realizada durante este proceso. El Gobierno ha tomado nota de las recomendaciones realizadas por el sector online, las asociaciones de usuarios, las empresas de juego presencial y los expertos en Internet, y ha dado un paso importante para definir un marco legal competitivo.
En el Proyecto de Ley consultado hoy por la Asociación se fija un tipo impositivo del 25% sobre ingresos netos en la mayoría de tipologías de apuestas, salvo en las apuestas hípicas y en las apuestas mutuas. La decisión de aplicar una fiscalidad sobre ingresos netos resulta positiva ya que facilita la creación de una ley digital beneficiosa para todos. Sin embargo, el sector advierte que el tipo impositivo fijado, aunque correcto en su forma, es uno de los más altos de Europa. Concretamente, en Reino Unido la tasación se fija en un 15% sobre ingresos netos y, sin ir más lejos, en la Comunidad de Madrid el tipo es del 10% sobre ingresos netos, lo que demuestra que se ha aplicado un impuesto alto en comparación con otros lugares.
Por otro lado, la AEDAPI está satisfecha con el mayor protagonismo que han pasado a tener las CCAA en la regulación según el documento aprobado. Esto es debido a que la relación entre operadores y Comunidades es estrecha, y la aportación de estas es fundamental para crear un marco legal positivo.
La AEDAPI es consciente del paso adelante que se ha dado pero considera que aún hay mucho trabajo por hacer y muchos puntos por definir en la futura regulación. La asociación se muestra dispuesta a colaborar, tal como hecho hasta ahora, para conseguir un marco legal del juego online en España de éxito para todos.
“No es solo una gran oportunidad para las empresas de juego online europeas a quienes permitirá legalizar su situación en España y crear riqueza, pagar impuestos, crear empleo e invertir en medios de comunicación y patrocinios, también es una oportunidad para los operadores de juego españoles que tendrán la oportunidad de crecer a través del canal de Internet”, afirma Sacha Michaud, Presidente de la AEDAPI.
El Economista también informa sobre el Proyecto y la Memoria del análisis del impacto normativo:
Hacienda eleva algunos tipos impositivos sobre una base imponible neta
Las estimaciones de ingresos de la Comisión Nacional del Juego por la nueva tasa del juego ascenderán a 11.326 millones de euros, según consta en la memoria justificativa que el Ministerio de Economía y Hacienda ha remitido al Congreso de los Diputados, acompañando al proyecto de ley.
Sin embargo, el informe no aporta información alguna sobre los ingresos anuales previstos por el nuevo Impuesto sobre el Juego, al considerar Economía que “es de todo punto imposible, dada la situación actual del sector del juego, especialmente por lo que atañe al juego por medios telemáticos de todo tipo, hacer una estimación realista, basada en datos contrastados, de la recaudación esperada”.
También determina que el impacto presupuestario de la creación de la Comisión Nacional del Juego será nulo, dado que se constituirá con los recursos humanos y materiales que formaban parte de Loterías y Apuestas del Estado (LAE).
El nuevo cuadro de los tipos del nuevo Impuesto sobre el Juego se ha modificado profundamente en algunas de las modalidades. Así, las apuestas deportivas de contrapartida y las cruzadas que en el último anteproyecto figuraban con un 5 por ciento sobre las ganancias brutas han pasado ahora a un tipo del 25 por ciento sobre los ingresos íntegros, pero en este caso una vez restado el dinero pagado en concepto de premios.
En el caso de las combinaciones aleatorias, que en el primer anteproyecto tributaban al 35 por ciento, tributarán, según el proyecto aprobado por el Gobierno, al 10 por ciento sobre el importe total del valor de mercado de los premios efectivamente satisfechos.
En el caso de las apuestas hípicas se mantiene el tipo del 15 por ciento sin cambios desde el principio y sobre una base bruta. En la misma situación se encuentran las rifas, que ya constaban en el 20 por ciento en el último anteproyecto.
Los principales cambios se han incluido en la Tasa de Gestión del Juego, al rebajarse la tramitación de licencias y autorizaciones de 20.000 euros a 10.000 para las primeras y a 100 euros para las segundas. En la misma línea, se ha rebajado de 15.000 euros a tan solo 5.000 el mínimo por las actuaciones inspectoras o de comprobación obligatorias. Y se pagará un uno por mil por las acciones regulatorias.
Es extraño que la memoria justificativa no aporte datos sobre la previsión de ingresos anuales por el nuevo Impuesto sobre el Juego (artículo 48) al considerar que es imposible, sorprende porque luego en la newsletter de LAE "Puntual" de febrero de 2011 en la página 2 si publica estimaciones oficiosas:
“Sin embargo, Estas actividades, al no encontrarse en una situación de legalidad, no están sujetas a ningún tipo de tributación o imposición directa, ya que no existe ningún régimen fiscal aplicable sobre estos servicios de juego. Según fuentes no oficiales del sector del juego on-line, se estima que en el año 2012 la facturación podría alcanzar los 3.000 millones de euros.”
Por su parte el Director General de LAE Gonzalo Fernández manifiesta: “La intención de la Ley del juego es regular una realidad fáctica e incorporar instrumentos eficaces para la regulación y control del sector.”
El juego online, una realidad que para el Gobierno es imposible cuantificar pero que pretende regular y fiscalizar con eficacia y eficiencia…
Actualizado: 11/02/2011
INICIATIVA:
IX Legislatura ( 2008-Actualidad )
Proyecto de ley.
Proyecto de Ley de regulación del juego. (121/000109)
Presentado el 04/02/2011, calificado el 08/02/2011
Autor:
Gobierno
Situación Actual:
Comisión de Economía y Hacienda
Plazos:
Hasta: 21/02/2011 De enmiendas
Tramitación seguida por la iniciativa:Comisión de Economía y Hacienda Publicación desde 08/02/2011 hasta 11/02/2011
Comisión de Economía y Hacienda Enmiendas desde 11/02/2011
Boletines:
BOCG. Congreso de los Diputados Núm. A-109-1 de 11/02/2011 Pág.:1
Iniciativa (PDF)
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