viernes, 11 de noviembre de 2011

Update de la ley del juego: Mientras Loterías presiona y Codere pide aplazamiento, sale el Consejo de Estado y emite dos dictámenes?!


Capitulo “tropecientos” del culebrón del juego online: “El regulador se empecina que las licencias se den ya sí o sí”: Resumen: Si nada lo impide, según el calendario previsto, el próximo 16 de noviembre las compañías que quieran operar en España podrán solicitar la primera oleada de licencias, y el 19 de diciembre ya podrán llevarse bajo el brazo sus respectivos títulos habilitantes.

No entiendo cómo a estas alturas pueda sorprender a alguien que Loterías y Apuestas interprete la ley 13/2011 como mejor le convenga. No olvidar que esta ley ha sido “cocinada” a  lo “don Juan Palomo, yo me lo guiso, yo me lo como”, a su gusto. Ha sido redactada por su ex coordinador que es el actual regulador del juego. Vaya separación se hizo en su momento del regulador y el operador, “de facto”, ninguna!

Ayer el Grupo CODERE manifestó públicamente su oposición a través del siguiente comunicado de prensa:

ERRÓNEA INTERPRETACIÓN DE LA LEY DEL JUEGO POR LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO LA REGLAMENTACIÓN DEBERÍA APLAZARSE

• El Grupo CODERE ha manifestado su oposición a una atropellada e inconsistente regulación del juego online y el precipitado desarrollo reglamentario que se pretende llevar a cabo.
• Las licencias de juego online no deberían otorgarse de forma apresurada y sin control, afectando las garantías de los usuarios y el interés general.
• No es necesario otorgar licencias para perseguir el juego ilegal, porque ya se puede, de acuerdo con la normativa actual.

Madrid, 10 de noviembre de 2011. Tras las declaraciones públicas del presidente de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado, el Grupo CODERE, multinacional española referente en el sector del juego privado que cotiza en Bolsa en España, ha querido dejar constancia de la necesidad de aplazar la aprobación de las normas de desarrollo de la ley 13/ 2011, de regulación del juego, expresada por algunos de los actores del sector del juego autorizado que, ciertamente, no son aquellos que vienen operando ilegalmente en España desde hace ya varios años.

Esta ilegalidad ha sido reconocida, una vez más, por el Gobierno en sus respuestas a la consulta realizada por la Comisión Europea en relación con la publicación del “green paper” sobre Juego Online publicadas recientemente, al señalar que “varios operadores con licencia de juego online con domicilio en Gibraltar, Alderney o Malta, ofrecen y promocionan sus servicios en España. Esta oferta ilegal del juego va en detrimento del desarrollo del mercado nacional del juego, ya que los operadores ilegales pueden hacer competencia desleal con los operadores que respetan la legalidad y los usuarios se ven perjudicados porque no cuentan con la protección y seguridad requerida”.

Atropellada e inconsistente regulación del juego online

Tal y como instó el Partido Popular al Gobierno durante las jornadas del Igamingsummit celebrado en Madrid el pasado 25 de octubre y en la misma línea en la que se han pronunciado otros representantes políticos, debería pararse el precipitado proceso reglamentario que partió de una Ley, igualmente precipitada, destinada a privatizar una porción de las Loterías del Estado. CODERE ha venido declarando antes, durante y después de la promulgación de la Ley 13/2011 (incluyendo la comparecencia de su presidente, José Antonio Martínez Sampedro, en la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados) que la regulación del juego online y su desarrollo posterior se han hecho de forma atropellada e inconsistente y en beneficio de quienes vienen desarrollando ilegalmente en España esta actividad.

La reglamentación proyectada no resuelve la problemática de la ilegalidad de forma equilibrada, de manera que no se puedan utilizar por quienes obtengan licencias fondos de comercio, marcas y otras clarísimas ventajas competitivas, en perjuicio de los operadores que han sido respetuosos con la legislación aplicable en España y que optaron por no desarrollar esta actividad hasta el momento en que se otorgasen las licencias.

En la práctica, si no se otorgan las licencias de juego online antes del 1 de enero de 2012 no se produce ningún problema sancionador relevante, sino que solo cambia el régimen sancionador aplicable. A diferencia de lo que afirma el presidente de la SELAE, la Ley de Regulación del Juego prevé sanciones administrativas de contrabando, que podrían constituir delito, hasta el 1 de enero de 2012, en caso de no otorgarse licencias en fecha anterior. Una vez cumplido dicho plazo, las conductas en cuestión serán sancionadas bajo el nuevo régimen de infracciones administrativas previsto en la propia Ley.

No estamos en un “periodo de regularización” de los operadores ilegales, sino, en todo caso, de inaplicación de los instrumentos jurídico-sancionadores existentes, a pesar de reconocer el Gobierno abiertamente la ilegalidad de tales conductas, incluso ante las altas instancias de la Unión Europea.

Otorgamiento de licencias, apresurado y sin control

El Grupo CODERE se ha mostrado muy sorprendido por las declaraciones del presidente de SELAE, por cuanto un otorgamiento de licencias apresurado y claramente ventajoso para quienes han venido actuando ilegalmente en el mercado español, no irá más que en contra del valor de la propia SELAE que, al igual que los demás operadores legales, entrará a competir en el mercado del juego online con mucha desventaja, si este frenesí reglamentario no se detiene inmediatamente y se revisa lo confeccionado con el sosiego preciso y no en periodo electoral.

Téngase en cuenta que los órganos de consulta de la Administración y el propio sector están contando con plazos de 2 días o poco más, para revisar la abundante normativa proyectada y la calidad de la misma resulta, en consecuencia, necesariamente resentida. Por otra parte, la Comisión Nacional del Juego, que debería ser el órgano regulador que, con el criterio propio de este tipo de comisiones pluripersonales independientes, debería haber elaborado los proyectos de Decretos, Órdenes y Resoluciones varias, no ha sido todavía creada y, por ello, tampoco podrá convocar los procedimientos de licencias ni resolver las decenas de expedientes complejos con las garantías para los usuarios y para el interés general que la leyes prevén.

El Grupo CODERE

CODERE es una multinacional española, referencia en el sector del juego privado en Europa y Latinoamérica, que cotiza en Bolsa en España y gestiona más de 54.600 terminales de juego, 191 salas de juego, 813 puntos de apuestas y participa en la gestión de 3 hipódromos en Argentina, Brasil, Colombia, España, Italia, México, Panamá y Uruguay, y desarrolla juegos por Internet en Italia, donde dispone de licencias válidas al efecto.

Para que no se me malinterprete, que publique este comunicado no significa que comparta la postura de CODERE, hay algunos aspectos que sí y otros, unos cuantos, que no...

Creo que es una regulación que adolece de una fiscalidad elevada (25% ingresos netos), que no permite la liquidez internacional ni las apuestas en vivo, que capa injustificadamente las apuestas cruzadas y las máquinas recreativas, que no tiene en cuenta para nada al jugador profesional. Además hasta la propia DGOJ, malinterpreta su norma, por ejemplo lo que considera premios en el poker cash: “Los premios no son el importe con el que el jugador sale de la mesa. Hay premio al final de la mano.”

Y con tanta regulación, no entiendo cómo se deja en el tintero un aspecto tan relevante como es la regulación de la publicidad, seguro que esto último no es casualidad…

Ah, se me olvidaba! La última del Consejo de Estado que es el supremo órgano consultivo del Gobierno:

El Consejo de Estado en sesión celebrada el día 03/11/2011, despachó, entre otros, los siguientes asuntos:

  • Regulación del juego. Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego (Dictamen núm. 1.734/2011).
  • Actividades de juego. Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los requisitos técnicos de las actividades de juego (Dictamen núm. 1.539/2011).
A día de hoy se desconoce el contenido de ambos dictámenes porque todavía no han sido publicados. Continuará…

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