jueves, 15 de diciembre de 2011

Tribulaciones de un jugador: “Tener que tributar sin haber ganado un solo euro en un año”

JUGADOR: "Te escribo ante el estupor que me produce el que por ningún lado se hable del tratamiento fiscal que vamos a tener los apostantes.

Como bien sabes tal y como está redactada la Ley del IRPF en estos momentos, cada jugador que apuesta o juega en internet tiene que declarar en su renta por los beneficios obtenidos, sin poder deducirse las pérdidas y a su tipo marginal del IRPF, que puede llegar hasta el 43%.

Evidentemente no conozco a nadie que declare ganancias del juego ya que tal y como está redactada la ley resulta totalmente inaplicable en la práctica, me explico con un ejemplo:

Supongamos que ingreso 1.000 € en una casa de apuestas el día 1 de enero, y comienzo a realizar apuestas. Imaginemos que las apuestas que hago son siempre por importe de 100 euros y a una cuota de 2 a 1.

Imaginemos que hago 10 apuestas diarias de media y que al final del año he obtenido un 50% de apuestas acertadas y un 50% de apuestas perdidas, es decir he acabado el año con los mismos 1.000 € con los que empecé, no he obtenido ningún beneficio.

Pero resulta que tengo que hacer mi declaración de la renta, y como he realizado un total de 3.650 apuestas durante el año, de las que he acertado 1.825 a una cuota de 2.0, para hacienda he obtenido los siguientes beneficios: 100 € x 1.825 apuestas ganadas = 182.500 €

Aplicándole el tipo marginal de la renta, que como hemos dicho puede llegar al 43%, nos encontramos que tendríamos que llegar a pagar a hacienda la friolera de 78.475 € ... SIN HABER GANADO REALMENTE NI UN SOLO EURO EN TODO EL AÑO.

Me gustaría saber si tienes alguna noticia sobre si se está tratando este tema en la Comisión del Juego, y si se ha planteado en algún momento modificar la ley del IRPF para adaptarla a la nueva Ley o si ni siquiera lo han pensado, ya que hacer una Ley del Juego con el objetivo principal de recaudar, siendo en la práctica imposible apostar (porque que te lleva directamente a la ruina) no tiene ningún sentido."

INSPECTOR DE HACIENDA 1: "Al margen de que el juego online sea legal, ilegal, o alegal, lo que está claro es que para Hacienda si hay un hecho imponible lo vamos a someter a tributación con independencia de su ilegalidad, alegalidad, etc. y aquí hay que decir, que en cuanto a la fiscalidad del juego online estaría la parte de los jugadores, esto es bastante obvio, la ley del IRPF declara los premios como ganancias patrimoniales, pero curiosamente las pérdidas no se pueden conmutar como pérdidas patrimoniales, es decir solamente lo ganado tributaría por IRPF, no pudiendo compensarse con las pérdidas."

INSPECTOR DE HACIENDA 2: "Dado que una misma persona puede obtener varios premios en las apuestas de juego por Internet, existirán tantos devengos como premios haya obtenido, y se entenderán devengadas en el momento en que sean exigibles los premios. No cabe, la compensación entre las ganancias y las pérdidas."

Estos tres ejemplos no son inventados. Son opiniones reales con nombres y apellidos que he creído conveniente omitir. El jugador me mandó un email el pasado mes de junio, el inspector primero manifestó su parecer en una mesa redonda en noviembre de 2010 y la segunda opinión del otro inspector es recogida en un manual de fiscalidad.

Curiosamente, lo que resulta obvio para los inspectores resulta absurdo para los jugadores. Todo depende del ángulo con que se mire. Quizás ya va siendo hora que se dé un criterio interpretativo correcto de la norma jurídica. La interpretación sólo literal puede plantear graves problemas. En este caso, las palabras premio, ganancias, pérdidas… traen de cabeza a más de uno. Es de sentido común, que la interpretación de cualquier norma requiere combinar distintos criterios, como el literal, contextual, lógico, entre otros…

Al final, la problemática de la tributación de las apuestas y del póker resultan ser muy parecidas.

Y ¿Cómo conseguir modificar el criterio interpretativo de Hacienda? No es fácil, ni rápido.

En este sentido, resulta interesante la reciente iniciativa lanzada desde PokerStrategy para apoyar a todos los jugadores a través de una recogida de firmas y de este modo intentar cambiar la fiscalidad.

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7 comentarios:

  1. Buff, con todos mis respetos a este ejemplo pero no lo veo nada claro, lo normal seria no declarar nada,en tus cuentas bancarias o de las casas de apuestas no has incrementado tu patrimonio en nada. Lo que viene a significar es que las perdidas no son deducibles pero por supuesto que tienen que ser descontables, imaginate que en una casa de apuesta ganas 3000 y entre otras dos los pierdes (todo en el plazo de un año fiscal ), por lo tanto, te sigues quedando igual y tu patrimonio en el año fiscal no ha subido nada, a que juez o tribunal no ibas tú poder demostrar eso? la ley estará mal interpretada supongo , el problema es si Hacienda actua no les vale mi sentido común pero digo yo que el sentido común deberia prevalecer.

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  2. Las casas que entren en el mercado español con licencia me parece que estan obligadas de mandar a la Agencia Tributaria los premios de cada uno consiga. Me parece que la tributación sera la que tenemos en la actualidad ya que al hacer la ley no articulan una tributacion propia para el juego on line. Para poner un ejemplo si algunos de nosotros obtiene un premio con los cupones de la OID (que no estan exentos de tributar como las quinielas, loterias nacionales o la ONCE) de 30.000 € tienes que tributar como aumento de patrimonio independientemente de lo que te hayas gastado en cupones, es decir, si te gastas en cupones 500 € para hacienda ganastes 30.000 y no 29.500€ y sobre esos 30.000€ es lo que te iran a calcular, otro ejemplo son los sorteos o concursos de las televisiones, si te toca un coche valorado digamos en 10.000€ hacienda te vendra a pedir sus parte sobre esos 10.000€. Me parece que en concursos de este tipo estan exentos de tributar hasta los 2999€, a partir de 3000€ toca pasar por caja. Con las casas de juego no se como se lo tomara hacienda si igual que con los concuros de la tele o que y una de mis dudas es si no ganas mas de 2999€ en una apuesta hacienda te puede venir a pedir algo, pero ¿que pasan con los pequeños premios?¿esperan a que la suma de la totalidad de esos pequeños premios durante el año te sumen mas de 2999€ para pedir su parte?

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  3. Visto desde este punto de vista y con ese ejemplo parece preocupante la interpretación pero digo yo que entonces serán las casas las que tendrán que ajustar la norma de considerar premio o beneficio y al final de año deberian emitir un certificado o documento con los beneficios netos considedarados ya los ingresos y las apuestas perdidas.

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  4. Laura, muy buenas las entrevistas con Alfonso Cardalda y en Marca. Me han parecido muy interesantes y esclarecedoras.
    En cuanto a la fiscalidad, creo como tú, que al final prevalecerá la lógica y se podrá ganar en un juzgado. El marrón se lo come el primero que tenga que pasar por todo el proceso.
    En cuanto al documento a firmar, ya comento en mi blog (www.periquillopoker.com) que la redacción deja mucho que desear. Me extrañó mucho porque pensaba que tu estarías detrás de esto.
    Sigue así, que nos estás defendiendo de... muy bien, vamos.

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  5. Y entonces en el IRPF 2011 o sea lo que haria en junio 2012 la gente tendria que declarar las ganancias en juego que obtuvo en 2011??

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  6. Inteesante asunto.

    Como soy nuevo por aquí, lugar al que he llegado por accidente y no teniendo nada que ver con ese mundo, aunque supongo que ya se habrá contamplado. ¿Se ha planteado la posibilidad de presentar un alta censal en Hacienda con actividad: jugador profesional de lo que sea y acto seguido alta en el RETA?

    Al fin y al cabo si las putas pueden ser trabajadoras del sexo, entiendo que los jugadores de poker también podrían ser trabajadores de lo suyo.

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  7. ¿Cómo está este tema? Hay mucha información confusa en torno a todo este lío. Al final se ha sacado algo en claro para los apostantes/jugadores? Un saludo.

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