El tema de la fiscalidad del jugador es preocupante. En los
últimos días, de regreso de vacaciones para muchos, vuelvo a recibir emails de
jugadores, aquí van dos, el primero de un profesional del póker desde China y
el segundo de alguien semi pro que empieza desde el paro:
“Antes que
nada me presento, soy (nombre) usuario (…..) en pokerstrategy, era un jugador
diamante hasta que salió la gran ley de regulación del juego por lo que
actualmente me encuentro en huelga.
Os explico
un poco ya que supongo que (otro nombre) me podrá orientar un poco mejor sobre
el tema, como ya lo hizo el año pasado con otra cuestión.
He acabado
mi licenciatura y he decidido irme a China (Beijing) a hacer un curso de
business en Chino Mandarín con tal de poder estudiar por la mañana y dedicarme
a jugar al póker en mis ratos libres como hacía aquí, en principio el curso es
hasta Navidad y es prorrogable para todo el año si estoy a gusto.
Vale ahora
entrando en la materia que nos concierne, he leído que el póker como tal no es
legal en China excepto en Macao, pero en los foros de 2+2, en foros
internacionales o en los propios softwares de pokerstars por ejemplo, hay
numerosos casos donde los jugadores juegan al póker sin ningún problema, y los
operadores ofrecen sus productos. En muchos casos el jugador contrata una VPN
particular o en otros juegan desde una red normal, y las autoridades no les han
investigado, e incluso en un par de casos, entraron policías en una casa donde
un jugador estaba jugando y no sabían ni que era. (El Facebook o páginas
similares, en teoría tampoco se puede acceder en China, pero en muchos lugares
turísticos, o con cualquier red privada sí que puedes acceder y las autoridades
hacen "la vista gorda").
Después de
toda la información que he reunido y demás, he decidido jugar al póker en China
ya que el riesgo que corro, en compensación por lo que puedo llegar a ganar es
ínfimo o casi nulo. Si (un nombre) o (otro nombre) o alguien de todo el equipo,
tuviera más información o alguna experiencia os agradecería enormemente que me
lo transmitierais o me diérais todos los consejos que estuvieran en vuestra
mano.
Ahora con
el tema de la fiscalidad sigo teniendo mis dudas, ¿Si estoy allí 4 meses y
genero algún dinero, o sin generar, tendría que tributar aquí en España con el sistema actual (por
bote, porque entonces estamos en las mismas)? ¿Al estar jugando en el software
.com, fuera del dominio .es que es donde se supone el mercado regulado por el
gobierno español, no me investigan y tendría que declarar si gano dinero en
China en este caso (que estaría exento)? ¿Para hacer un ingreso, lo hago desde
un banco nacional o un monedero electrónico o mejor desde un banco
internacional para que no me investiguen? ¿Da igual? (tampoco voy a ingresar
una millonada, máximo 5000€) ¿Y a la hora de retirar el dinero, si ganara una
barbaridad me abro una cuenta en suiza y lo retiro allí, pero como no va a ser
el caso, lo puedo retirar a un banco español o entonces sí que me investigarían
etc...?
Siento todo
el tostón, soy muy pesado y en seguida me enrollo.
Espero que
haya quedado más menos claro y espero vuestra respuesta.
Un saludo y
como siempre muchísimas gracias por todo.” …
...............
“Me gustaría que me contestaran una duda antes de que sea
demasiado tarde.
Tras unos cuantos meses en paro y con el panorama laboral
tan negro que tenemos, decidí aprender a jugar al póker online, gracias a los
consejos de unos amigos, ya que con el paro apenas me llega para el alquiler y
se me acaba en breve.
Pues bien, tras unos meses de formación y estudio, decidí
probar las salas online totalmente legales con dinero real.
Hoy he consultado el historial y en la sala que más juego
tengo 4.8000 € de beneficios brutos. En el juego del póker sería absurdo contar
este dato, realmente llevo unos 3.000 € de beneficio haciendo la sencilla
operación beneficios = reintegros - depósitos + saldo actual
Dentro de mi actividad he pagado a las salas de juego
alrededor de 4.000 € en comisiones, de los cuales tengo entendido que 3.000 son
para la sala y 1.000 de impuestos directos para hacienda.
Según la ley de IRPF, las
actividades de juego tributan sin descontar pérdidas. ¿Quiere decir esto
que tendré que pagar impuestos sobre los 48000 € aun habiendo ganado realmente
3.000 y contribuyendo con 1000 € de impuestos directos para hacienda más otros
3.000 que generé de beneficio para la sala?
¿Qué significa realmente la frase en negrita? ¿Significa
que si en lugar de ganar 3.000 € los hubiese perdido, no los podría contar como
pérdidas patrimoniales o significa tener que pagar sobre una cantidad absurda e
irreal como es la ganancia bruta, sumando solo botes ganados sin descontar
botes perdidos?
Es muy importante resolver este asunto, de lo contrario
moriría el juego online recientemente regulado e incluso si continúo jugando a
nivel semi-profesional me arruinaré a la hora de hacer la próxima declaración.
Un saludo
¿Se está dando una discusión en España sobre el tipo de
tributación que deberían tener los
jugadores online. Ellos son partidarios de la tributación cero, ¿Usted qué
opina al respecto?”
Mi opinión la he manifestado en reiteradas ocasiones, pero lo que realmente importa es la respuesta que pueda dar la Dirección de Tributos.
A día de hoy, ciñéndonos a la literalidad de la ley, los jugadores que tengan la residencia fiscal
en España deben tributar en el IRPF por la totalidad de las ganancias de juego sin
poder deducir las pérdidas sufridas. Además, recordar que ahora es obligatorio informar sobre las
cuentas que se tengan en el extranjero.
Con todo el lío que hay montado,circulando varios posibles modelos de tributación que van: Desde “no se pueden restar pérdidas”, “se declara el dinero retirado en
salas”, “se tributa el dinero ganando deduciendo gastos” a “los jugadores no
debieran tributar por los premios obtenidos en sitios legales del propio país”…
Y mientras recomendaciones
como: “no juegues hasta que se aclare el asunto”, “no metas un euro en una “.es”,
“emigra”, etc. y unos deciden ir a la huelga, y otros se van lejos y aprovechan
el tiempo estudiando business en Mandarin y jugando en China que siendo ilegal el juego,
se juega muchísimo... En fin, a estas
alturas sería más que deseable que la Dirección de Tributos se decidiera a
resolver este el asunto.
¿Qué opino sobre la tributación cero para el jugador? Sería lógico, teniendo en
cuenta que ya es excesiva la fiscalidad que padecen las empresas de juego online españolas
y que éstas de alguna manera lo van a repercutir a los jugadores.
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Reflexiones de "Poker Player" a la hora de interpretar y revisar la tributación de los jugadores 13/03/2012
Para el jugador que se va a china, la obligación de declar lo que gane existe igual que ha existido siempre. A no ser que se nacionalice en otro pais y pueda demostrar que ha vivido allí más de 6 meses dentro del ejercicio no está exento de tributar en España por las ganancias. Esto ha sido asi antes de la regulación y lo sigue siendo ahora. Si no se enteran probablemente no pase nada, pero no deja de ser evasión de impuestos, con el agravante de que ahora jugar en una web no regulada también es delito.
ResponderEliminarNo se hasta que punto la agencia tributaria pondrá medios para detectar todas las transacciones bancarias que puedan proceder de juego on-line no regulado.
Aparte del juego on-line tambien se ha regulado recientemente la banca electrónica así que medios de pago como Moneybookers, PayPal, etc.. ya no quedan fuera del control del estado, y como bien dice Laura, hay obligación de informar de las cuentas en el extrangero.
Esta situación que antes era "alegal" ahora es "ilegal", asi que asumir o no ese riesgo ya es cosa de cada uno...
Hola Laura, gracias por publicar mi consulta. Acabo de llamar por teléfono a la agencia tributaria y me han confirmado las malas noticias.
ResponderEliminarPor ahora la tributación es premio por premio sin descontar las pérdidas, por lo tanto me veo obligado a dejar el poker online y a rezar para que hacienda no llame a mi puerta, porque llevo casi 50 000€ en premios, aunque ganancia real solo 3000. La persona con la que he hablado me lo ha explicado muy clarito.
Esto una caza de brujas. Me veo mendigando para poder pagar impuestos sobre un dinero que no he ganado.
Seguro que no tendrás que mendigar...la respuesta habrá sido dada por un funcionario que se remite a literalidad de la ley.
EliminarHay que esperar a que la Dirección de Tributos se pronuncie y de una interpretación lógica.
¿Existe alguna posibilidad de que el Sr. Alejo se pronuncie sobre si la Dirección de Tributos va a emitir una nota aclaratoria o no próximamente? ¿Tan difícil es, por Dios bendito?
ResponderEliminarNo depende de la Dirección de Juego sino de la Dirección de Tributos. Si a principios de octubre, ésta no se ha pronunciado, deberíamos de preocuparnos
ResponderEliminarEs triste que ahora mismo la opción más segura sea jugar en los sitios .com opacos porque es menos riesgo lo que te pueda pasar con ellos, por muy mala pinta que tengan, que lo que te puede pasar con hacienda si te registras en una .es.
ResponderEliminarY para encima, eso de que las .es iban a ser totalmente independientes de las .com se ha confirmado que es totalmente falso. Se ríen de la confidencialidad de los datos y quien se registra en .es tiene todo el .com anterior al aire.
Ojalá los que mantenéis el optimismo tengáis razon, pero yo no termino de ver a hacienda sacando una ley retroactiva que solucione todo esto. Ojalá me equivoque.