viernes, 28 de septiembre de 2012

Los premios de Loterías y Apuestas del Estado y la ONCE se les aplicará un gravamen del 20% y los juegos privados (online y offline) tributarán por las ganancias netas.

Ayer tarde el Gobierno aprobó el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. Entre las novedades anunciadas cabe destacar que los premios de loterías dejarán de estar exentos de impuestos:
Loterías
Por otra parte, Hacienda fijará un gravamen del 20 por 100 sobre los premios de loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por las Comunidades Autónomas, y de los sorteos organizados por la Cruz Roja y la ONCE. Se aplicará a los premios que se celebren a partir del 1 de enero de 2013. Quedan exentos los que cuenten con un importe inferior a 2.500 euros. Se fija, asimismo, una retención o ingreso a cuenta coincidente con el importe de dicho gravamen especial, operando como retención liberatoria.
Ayer tarde, el diario el País, publicaba la noticia:
Las ganancias que superen los 2.500 euros pagarán impuestos a partir del año que viene
La recaudación esperada es de 824 millones de euros
Los agraciados con premios de loterías deberán compartir con el erario público su fortuna a partir del año que viene. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha anunciado un gravamen del 20% a las ganancias superiores a 2.500 euros, como una de las nuevas medidas impositivas incluidas en el anteproyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado aprobado hoy por el Gobierno. La medida no solo abarca los premios de Loterías del Estado (como el Gordo de Navidad o la Primitiva), sino que también afecta a concursos como los de la ONCE.
Lo que quedará gravado será la parte del premio que exceda de 2.500 euros. Es decir, que si se ganan 3.000 euros, se tributará al 20% por 500 euros, 100 euros en total. En el caso del Gordo de Navidad, premiado hasta ahora con 400.000 euros por décimo (la medida entrará en vigor en 2013, por lo podría cambiar), la medida afectará a 395.500 euros (lo que excede de 2.500 euros). El efecto del tributo del 20% significará que el premio se quedará en 320.900 euros, tras pagar al fisco 79.100 euros.
En el caso del Gordo, si un décimo está premiado con 400.000 euros, 79.100 irán para impuestos
La recaudación estimada por estos premios —hasta ahora exentos de impuestos en el momento de su recepción salvo para los rendimientos sucesivos que generasen— se cifra en 824 millones de euros para el año que viene.
Hasta ahora, según la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física (IRPF), aparte de la Lotería Nacional, también estaban exentos de tributación los premios del resto de los sorteos gestionados por Loterías y Apuestas del Estado, como la Primitiva, Euromillones, la Bonoloto o la Quiniela. Tampoco tributaban los premios repartidos la Cruz Roja y la ONCE.
El Gobierno, en cambio, permitirá compensar las pérdidas en otros juegos como el bingo o las apuestas por internet (que tributan ya al tipo marginal y seguirán haciéndolo) con los beneficios en esos juegos. Solo tributarán por la ganancia neta.
En 2009 los tribunales europeos dieron la razón a un contribuyente español y desde entonces tampoco pagan impuestos en España los ciudadanos premiados en otro país de la Unión Europea en algún sorteo similar a los gestionados por Loterías y Apuestas del Estado, y que hasta entonces sí estaban sujetos a tributación.
Según la normativa que aprobará el Gobierno, el gravamen del 20% afectará al premio, independientemente del número de beneficiarios. Es decir, que si se trata de un boleto que comparte un grupo de apuestas formado por varias personas, la tributación será en conjunto del 20%. Del mismo modo, el tope de 2.500 euros para no tener que tributar por el premio se aplicará al boleto, y no a los primeros 2.500 euros que reciba cada una de las personas que lo comparten.
"El gravamen especial se devengará en el momento en que se satisfaga o abone el premio obtenido", señala la normativa para 2013. Así pues, el agraciado con un premio de lotería no deberá pagar el impuesto en su declaración, sino que cuando reciba el premio ya le será retenida la parte que irá a las arcas del Estado. "Si el premio fuera en especies, la base imponible será aquella cuantía que, una vez minorada en el importe de ingreso a cuenta, arroje la parte del valor de mercado del premio" que exceda los 2.500 euros, señala el texto de la legislación nueva. Es decir, que si el premio obtendio en uno de estos sorteos es, por ejemplo, un piso o un coche, se deberá abonar el 20% del valor de mercado que tenga por encima del tope de 2.500 euros.
Parece que se vislumbra luz al final del túnel para los jugadores online monitorizados y controlados por hacienda desde el preciso instante que se dan de alta en una web española de juego. Muchos jugadores de apuestas y de póker online se sentirán aliviados. De momento sólo es una noticia y falta ver cómo se regula según cada modalidad de juego. Se prevé que afinal de año la Dirección de Tributos regule la tributación del jugador. Quienes quizás, se echen a temblar sean los jugadores presenciales que hasta ahora han estado bajo el anonimato y sin control por parte del fisco, y no sólo ellos sino los mismos empresarios del offline que deberán facilitar a sus jugadores agraciados algún documento acreditativo del premio obtenido. Esto no ha hecho más que empezar...
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21 comentarios:

  1. Al mencionar que "Solo tributarán por la ganancia neta", espero que eso alcance a compensar no sólo las apuestas perdidas, sino la inversión de las apuestas ganadas. Un ejemplo: se apuestan 100€ a cuota 1.10; la ganancia neta son 10€, pero si no se contempla descontar la inversión del premio, el apostante tributará por ¡ 110€ de ganancia!

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  2. Esto será a partir de enero 2012 y que pasa con el periodo junio 2011 al 31 diciembre 2011?

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    1. contestada en el pais la pregunta retroactivo desde enero 2012

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  3. Esa es la pregunta que me hago yo también. ¿Y qué pasa con todo lo anterior a 31-12-2011? Porque todos sabemos que una vez que nos registramos en una .es no sólo el historial .es está accesible, sino también todo lo anterior en .com.

    ¿Piensan contestar a las consultas vinculantes? ¿O más bien darán el tema por zanjado una vez que ya han quedado bien de cara a la galería? En fin, que no hay manera de que todo esto se solucione. Larga vida a las .com.

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  4. Otro apartado mas de un pais subdesarrollado y en destruccion como tal. Es totalmente intolerable que ya esten cobrando un importante impuesto a las casas que repercuten sobre nuestras cuotas y ahora encima haya que tributar por ganancias netas en nuestras .es? Sinceramente creariamos un precedente en Europa. Ningun pais tiene una tributación en cuanto al juego como el nuestro. Es pergonzoso.

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  5. Hola Laura

    En el poker online, ahora que se pueden compensar las pérdidas, en el caso de un estudiante, que vive con sus padres y que se saca un dinero con el poker, ¿a partir de cuanto hay que empezar a tributar? ¿Sería a partir del "mínimo vital"? (5000 y algo €) ¿o sería a partir de esos 2500€?

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  6. Que no haya paranoias sobre lo del carácter retroactivo. Están monitorizados los movimientos desde la entrada de las ".es" (junio de 2012). De ahí para atrás (".com") no creo que tengamos que preocuparnos.

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  7. Todos los datos de los últimos 5 años de las .com están guardados. Es lo que te dicen en todas las .com cuando te das de baja, que lo hacen de acuerdo con las legislaciones vigentes.

    Como les interesa que nos registremos en las .es nos venden que eso no es ningún problema. Pero mienten. Los datos los tienen y están accesibles.

    Estamos igual que antes, o incluso peor. Se aleja la tributación 0 y el problema fiscal sigue estando ahí mientras no contesten a las consultas o pongan una fecha de hace 4 o 5 años en la retroactividad.

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  8. Hola Laura!
    Primero de todo darte las gracias por la profesionalidad de este blog.
    Tengo una pregunta:
    Si yo ahora retiro 500 euros de mi cuenta de apuestas. ¿Tributaré únicamente las ganancias netas descontando las pérdidas? ,o bien ¿me tendría que esperar hasta principios de enero para poder retirarlo?
    Muchas gracias

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  9. Vamos Anonimo , pero como vas a pedir tributacion 0 , estoy harto de escuchar eso , yo soy apostador y no puede ser eso , si la gente tributa el dinero por el que trabajan ,o pagas impuestos por tener un negocio , como vais a pensar que no pagamenos nosotros , vamos ganas a final de año 100.000 y te lo llevas limpios y aqui los demas pagando ? , otra cosa si el estado le cobra a las casa de apuestas es normal , lo que no podemos pedir es que no nos cobre a nosotros es que el razonamiento es absurdo totalemente

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  10. Pues yo no voy a jugar a nada. Se acabó.
    Ni poker, ni loterías, ni quiniela, ¡ni ná!

    Esto es una verguenza, y lo peor es que hay muchísima gente jugando que no sabe nada de esto... La de sorpresas que se van a llevar much@s..

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  11. Se debería aclarar los siguientes aspectos. Un nuevo tributo no se puede crear por Ley de Presupuestos sino con una Ley independiente que regule los elementos esenciales del impuesto.
    En segundo lugar debería aclarar si la exención establecida en la Ley del IRPF se mantiene para los juegos, y si hay que declararla en el Impuesto sobre el Patrimonio.

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  12. Hola Laura:

    Me gustaria una de cuestion, a ver si me pudieras responder.
    ¿se pueden compensar datos de casas de apuestas? Me explico.

    En la casa de apuestas/poker A he hecho unos ingresos de 100, he hecho cash out por 40, y me quedan de saldo al final de año 80.
    Con estos datos, ¿tendria que incorporar a mi base imponible 80+40-100=20 no?

    Ahora bien, en la casa de apuestas B, he hecho ingresos por 100, he cobrado 20, y tengo un saldo al final de año de 70, con lo que tendria que incorporar a mi base imponible 70+20-100 = -10

    Casos posibles:

    1) MIs ganacias conjuntas de las casas de apuestas son +20-10= 10, que es lo que realmente he ganado en juego, y que deberia incorporar a la base imponible

    2) no me dejan compensar resultados entre casas de apuestas: para la casa A incorporo los 20€ ganados, para la casa B incorporo 0, porque no me dejan compensar los -10, teniendo que pagar impuestos por 20 aunque realmente yo haya ganado solo 10.

    Me imagino que la ley entendera el caso 1) como el que realmente se da, porque sino no estarian grabando realmente las ganancias del juego.

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  13. BUENISIMA NOTICIA!!!

    Por fin algo de sentido común en toda esta pesadilla...

    Para los que comentan sobre las cuentas en las ".com", en principio estan completamente desvinculadas de las nuevas cuentas ".es", y por tanto (a pesar de que existe la obligación de declarar cualquier incremento de patrimonio) los perfiles de usuario no estan vinculados con las nuevas cuentas monitorizadas por Hacienda. Es obligatorio declararlo, pero no se hasta que punto el fisco tiene acceso a los historiales de dichas cuentas.

    Lo de compensar entre distintas casas de apuestas serian interesante aclararlo. En una consulta vinculante que se publico en un post anterior que no recuerdo se decía que las perdidas y ganancias se podían compensar únicamente entre sí. Pero no se especificaba si se referia a la misma apuesta, la misma cuenta de juego, la misma actividad, etc...

    En cuanto al ejemplo de compensar una apuesta de 100€ con cuota 1.10, se tributa sobre "incremento de patrimonio", es decir, sobre los 10€ de beneficio obtenidos. Y si por fin se aplica esta nueva norma se compensarían tambien otras apuestas perdidas. por ej: si apuestas 100€ con cuota 2.3 y ganas (cobras 230€) y otra apuesta de 100€ y la pierdes tendrías una inversion de 200€ (100€+100€) y unas ganancias de 230€. Tu beneficio neto (incremento de patrimonio) seria 30€ y tributarías el % de IRPF correspondiente a esos 30€.

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  14. Acabo de leer la nota de prensa del 29 de Septiembre y dice lo siguiente:

    En el ámbito del juego también, Hacienda permitirá que las pérdidas se descuenten del importe de las ganancias del juego obtenidas en un mismo periodo impositivo. Se trata de una medida para asimilar la normativa a la de otros países, especialmente en lo referente al juego "on line".

    Si no lo estoy interpretando mal significa que se compensan todas las perdidas y ganancias de juego (no especifica que se trate únicamente de juego on-line) englobando de todas las cuentas de distintos operadores on-line, juego en vivo, rifas, loterias (excepto ONLAE, ONCE, ...), siempre que sea dentro de un mismo año.

    Tengamos en cuenta que las loterías del estado, ONCE y demás a las que se hace referencia en este post tendrían un tratamiento diferente (20% sobre lo que exceda de 2.500€ por boleto).

    Que alguien me corrija si me equivoco...

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  15. Sin duda, los premios ya no serán tan jugosos, mejor dicho, cada vez son menos jugosos, suerte!!

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  16. ¿El euromillón también quedará gravado? ¿ Hay algún país de la UE en que no lo esté? ¿ Se podría jugar desde una web en alguno de estos países?

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    1. Si el euromillon tambien, Francia y Portugal no lo estan seguro y creo qu Austria y luxemburgo tampoco, creo que solamentes estan gravados en Rumania y creo que Bulgaria pero de este ultimo no estoy seguro

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  17. No se preocupen tanto por el nuevo impuesto.y ya veremos una vez que se desplomen las ventas como se jode la gallina de los huevos de oro,y le darán marcha atras al inmoral impuesto...¡NO JUGAR!.

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  18. Sin ninguna duda van a desplomarse las ventas y sobre todo las del Euromillon ya que al ser un juego Europeo entre varios paises en los cuales la tributacion por los premios obtenidos es 0, lo normal es que todas las grandes peñas que existian y jugaban en España ahora vayan a buscalos paises de tributacion 0 y si ganan el bote se haran residentes de ese pais y a España que le .... seguramente daran marcha atras al injusto impuesto.

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  19. Cada vez ponen más problemas...

    Aún así, ¡felicidades por el blog, Laura! :)

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