El Gobierno ha dado
un empujón a la ONCE para darle un mayor atractivo comercial a sus loterías. La organización podrá comercializar lotería con operadores de juego en países que todavía no se han incorporado a la Unión Europea
El Consejo de Ministros
aprobó* el pasado viernes una modificación del Real Decreto de 15 de
marzo de 1991, de reordenación de la Organización Nacional de Ciegos Españoles
(ONCE); modificación por la cual se permite al Consejo General de la ONCE la
suscripción de acuerdos de comercialización conjunta de lotería con otros
operadores de juego habilitados para operar en países europeos que hayan
solicitado su incorporación a la Unión Europea y sobre los que exista un
pronunciamiento favorable del Consejo, en los términos previstos por el Tratado
de la Unión Europea.
La actual regulación autoriza a la ONCE a suscribir acuerdos
de comercialización conjunta de productos de lotería con otros operadores de
juego habilitados para operar en países del Espacio Económico Europeo. Junto
con los Estados miembros de la Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo,
hay otros países que han solicitado la incorporación a la Unión Europea y han
acreditado que su legislación se inspira en principios similares a los que
inspiran las normas de juego españolas y comunitarias.
Eurojackpot
Por ello, se adapta la regulación actual, a la situación
derivada de la inmediata incorporación de Croacia a la Unión Europea y por
otro, a la de otros países europeos que en el futuro pudieran adherirse. En concreto,
la ONCE está autorizada para comercializar un producto de la modalidad de
lotería juego activo, denominado "Eurojackpot", que explotará
conjuntamente con operadores de países como Suecia, Noruega, Islandia,
Lituania, Letonia y Croacia, todos ellos integrantes del Espacio Económico
Europeo, con la salvedad de Croacia.
Con esta modificación se consigue preservar la seguridad
jurídica de los acuerdos de comercialización conjunta de loterías y se dota de
más flexibilidad la posible incorporación de operadores de juego de otros
países.
Por último, la posibilidad de realizar estos acuerdos con
otros operadores de juego europeos proporciona mayor atractivo comercial a las
loterías de la ONCE, permitiendo aumentar los recursos económicos, los cuales
se encuentran vinculados legalmente al cumplimiento de fines sociales.
*Proyecto de Real
Decreto
El Real
Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la
Organización
Nacional de Ciegos Españoles, se modifica en los siguientes
términos:
Uno.
Se incorporan dos nuevos párrafos, segundo y
tercero, al apartado 5 del
artículo 7
con el siguiente tenor literal:
“Asimismo,
el Consejo General de la ONCE podrá suscribir, previa verificación
por
el Consejo de Protectorado, acuerdos de comercialización conjunta de
productos
comunes de lotería con otros operadores de juego habilitados para
operar
en aquellos países europeos que hayan solicitado su incorporación a la
Unión
Europea y sobre los que exista un pronunciamiento favorable del
Consejo
Europeo, en los términos previstos por el articulo 49 del Tratado de la
Unión
Europea.
La
suscripción de acuerdos de comercialización conjunta de productos
comunes
de lotería con operadores de otros países distintos de los previstos en
los
apartados anteriores requerirá autorización puntual y específica al efecto
del
Consejo de Ministros.”
Dos.
Se modifica el tercer párrafo del apartado 5
del artículo 7 que queda
redactado
como sigue:
La
verificación de estos acuerdos, que se ajustará a los procedimientos y
criterios
de control y supervisión aprobados por el Consejo de Protectorado
antes
de la comercialización efectiva de dichos productos comunes de lotería,
se
atendrá a los siguientes requisitos y condiciones:...”
Tres.
Se modifica la letra b) del apartado 5 del
artículo 7 que queda redactada
como sigue:
“b)
Los productos comunes de lotería se comercializarán simultáneamente en
varios
países, conforme a las autorizaciones concedidas.”
Cuatro.
Se introduce una nueva disposición adicional
con el siguiente tenor
literal:
“En
el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor del presente Real
Decreto,
el Consejo de Protectorado de la ONCE actualizará los
Procedimientos
y Criterios de Control y Supervisión a que se refiere el apartado
5
del artículo 7 del Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, en la redacción
dada
por el presente Real Decreto. Hasta que dicha actualización se produzca
seguirán
vigentes los Procedimientos y Criterios de Control y Supervisión
aprobados
por el Consejo de Protectorado el 26 de julio de 2011.”
Disposición
final única. Entrada en vigor.
El
presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el “Boletín Oficial del Estado”.
Logista mantiene una “joint venture” con Gtech, compañía líder en el diseño de juegos y desarrollo e implantación de tecnología para loterías que comercializa y distribuye los cupones para los sorteos del Cuponazo, del Fin de Semana, Eurojackpot, Super Once, juegos instantáneos (rascas) y sorteos extraordinarios de la ONCE, a
través de su red de puntos de venta, compuesta por 12.000 estancos, estaciones
de servicio, quioscos, tiendas de prensa, cafeterías y tiendas de conveniencia
en toda España.
La “joint venture” realiza un servicio integral que incluye
planificación y diseño de productos, marketing, operaciones comerciales,
operaciones logísticas, provisión de la solución tecnológica del punto de venta
en conexión directa con el Sistema Central de Juego de la ONCE, facturación y
cobro al punto de venta.
Sin entrar si puede haber conflicto de interés, cabe recordar que Gtech en España es más que esa “joint venture”, a su vez tiene licencia de operadora y es proveedora de software de unos cuantos operadores de juego online con licencia.
En fin, a estas alturas, por hacer un símil con el vinos, los juegos "con reserva" en exclusiva de actividad, SELAE y la ONCE (que mantienen una serie de privilegios), son el "Gran Reserva" del sector...
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Y siguen sin permitir que los operadores de juego on-line privado con licencia para operar en España puedan comercializar juegos en los que participen españoles en otros paises. Su único argumento es la de proteger al jugador, bajo mi punto de vista absurdo, cuando vemos que tanto LAE (Euromillones) como ONCE (Eurojackpot) si estan autorizados a gestionar juegos en los que participan conjuntamente usuarios españoles y extrangeros.
ResponderEliminarTampoco debemos olvidar el agravio comparativo en cuanto a la tributación sobre los premios. Mientras LAE, ONCE y Cruz Roja tienen una tributación sobre premios del 20% estando exentos los primeros 2.500€ de cada premio, los premios de juego privado tributan mediante el IRPF general oscilando entre 24,75% y 52% sobre todos los beneficios de juego.
¿Algun día se van a equiparar condiciones entre operadores privados y operadores "privilegiados"?
La ONCE esta haciendo ERE`s cerca de 600 personas los han echado a la calle por baja productividad y metiendo a personas sin discapacidad, son unos maltratadores de discapacitados, solo estan los familiares de los jefecillos que cobran sueldos mas altos que el presidente del gobierno. La ONCE en realidad debiera desaparecer.
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