lunes, 14 de enero de 2013

El Gobierno Español permite a la ONCE comercializar lotería con operadores de juego en países pendientes de incorporase a la Unión Europea


El Gobierno ha dado un empujón a la ONCE para darle un mayor atractivo comercial a sus loterías. La organización podrá comercializar lotería con operadores de juego en países que todavía no se han incorporado a la Unión Europea
El Consejo de Ministros  aprobó* el pasado viernes una modificación del Real Decreto de 15 de marzo de 1991, de reordenación de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE); modificación por la cual se permite al Consejo General de la ONCE la suscripción de acuerdos de comercialización conjunta de lotería con otros operadores de juego habilitados para operar en países europeos que hayan solicitado su incorporación a la Unión Europea y sobre los que exista un pronunciamiento favorable del Consejo, en los términos previstos por el Tratado de la Unión Europea.
La actual regulación autoriza a la ONCE a suscribir acuerdos de comercialización conjunta de productos de lotería con otros operadores de juego habilitados para operar en países del Espacio Económico Europeo. Junto con los Estados miembros de la Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo, hay otros países que han solicitado la incorporación a la Unión Europea y han acreditado que su legislación se inspira en principios similares a los que inspiran las normas de juego españolas y comunitarias.
Eurojackpot
Por ello, se adapta la regulación actual, a la situación derivada de la inmediata incorporación de Croacia a la Unión Europea y por otro, a la de otros países europeos que en el futuro pudieran adherirse. En concreto, la ONCE está autorizada para comercializar un producto de la modalidad de lotería juego activo, denominado "Eurojackpot", que explotará conjuntamente con operadores de países como Suecia, Noruega, Islandia, Lituania, Letonia y Croacia, todos ellos integrantes del Espacio Económico Europeo, con la salvedad de Croacia.
Con esta modificación se consigue preservar la seguridad jurídica de los acuerdos de comercialización conjunta de loterías y se dota de más flexibilidad la posible incorporación de operadores de juego de otros países.
Por último, la posibilidad de realizar estos acuerdos con otros operadores de juego europeos proporciona mayor atractivo comercial a las loterías de la ONCE, permitiendo aumentar los recursos económicos, los cuales se encuentran vinculados legalmente al cumplimiento de fines sociales.
*Proyecto de Real Decreto 
El Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la
Organización Nacional de Ciegos Españoles, se modifica en los siguientes
términos:
Uno. Se incorporan dos nuevos párrafos, segundo y tercero, al apartado 5 del
artículo 7 con el siguiente tenor literal:
“Asimismo, el Consejo General de la ONCE podrá suscribir, previa verificación
por el Consejo de Protectorado, acuerdos de comercialización conjunta de
productos comunes de lotería con otros operadores de juego habilitados para
operar en aquellos países europeos que hayan solicitado su incorporación a la
Unión Europea y sobre los que exista un pronunciamiento favorable del
Consejo Europeo, en los términos previstos por el articulo 49 del Tratado de la
Unión Europea.
La suscripción de acuerdos de comercialización conjunta de productos
comunes de lotería con operadores de otros países distintos de los previstos en
los apartados anteriores requerirá autorización puntual y específica al efecto
del Consejo de Ministros.”
Dos. Se modifica el tercer párrafo del apartado 5 del artículo 7 que queda
redactado como sigue:
La verificación de estos acuerdos, que se ajustará a los procedimientos y
criterios de control y supervisión aprobados por el Consejo de Protectorado
antes de la comercialización efectiva de dichos productos comunes de lotería,
se atendrá a los siguientes requisitos y condiciones:...”
Tres. Se modifica la letra b) del apartado 5 del artículo 7 que queda redactada
como sigue:
“b) Los productos comunes de lotería se comercializarán simultáneamente en
varios países, conforme a las autorizaciones concedidas.”
Cuatro. Se introduce una nueva disposición adicional con el siguiente tenor
literal:
“En el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor del presente Real
Decreto, el Consejo de Protectorado de la ONCE actualizará los
Procedimientos y Criterios de Control y Supervisión a que se refiere el apartado
5 del artículo 7 del Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, en la redacción
dada por el presente Real Decreto. Hasta que dicha actualización se produzca
seguirán vigentes los Procedimientos y Criterios de Control y Supervisión
aprobados por el Consejo de Protectorado el 26 de julio de 2011.”
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el “Boletín Oficial del Estado”.

Logista mantiene una “joint venture” con Gtech, compañía líder en el diseño de juegos y desarrollo e implantación de tecnología para loterías que comercializa y distribuye los cupones para los sorteos del Cuponazo, del Fin de Semana, Eurojackpot, Super Once, juegos instantáneos (rascas) y sorteos extraordinarios de la ONCE, a través de su red de puntos de venta, compuesta por 12.000 estancos, estaciones de servicio, quioscos, tiendas de prensa, cafeterías y tiendas de conveniencia en toda España.
La “joint venture” realiza un servicio integral que incluye planificación y diseño de productos, marketing, operaciones comerciales, operaciones logísticas, provisión de la solución tecnológica del punto de venta en conexión directa con el Sistema Central de Juego de la ONCE, facturación y cobro al punto de venta.
Sin entrar si puede haber conflicto de interés, cabe recordar que Gtech en España es más que esa “joint venture”, a su vez tiene licencia de operadora y es proveedora de software de unos cuantos operadores de juego online con licencia.
En fin, a estas alturas, por hacer un símil con el vinos, los juegos "con reserva" en exclusiva de actividad, SELAE y la ONCE (que mantienen una serie de privilegios), son el "Gran Reserva" del sector...
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2 comentarios:

  1. Y siguen sin permitir que los operadores de juego on-line privado con licencia para operar en España puedan comercializar juegos en los que participen españoles en otros paises. Su único argumento es la de proteger al jugador, bajo mi punto de vista absurdo, cuando vemos que tanto LAE (Euromillones) como ONCE (Eurojackpot) si estan autorizados a gestionar juegos en los que participan conjuntamente usuarios españoles y extrangeros.

    Tampoco debemos olvidar el agravio comparativo en cuanto a la tributación sobre los premios. Mientras LAE, ONCE y Cruz Roja tienen una tributación sobre premios del 20% estando exentos los primeros 2.500€ de cada premio, los premios de juego privado tributan mediante el IRPF general oscilando entre 24,75% y 52% sobre todos los beneficios de juego.

    ¿Algun día se van a equiparar condiciones entre operadores privados y operadores "privilegiados"?

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  2. La ONCE esta haciendo ERE`s cerca de 600 personas los han echado a la calle por baja productividad y metiendo a personas sin discapacidad, son unos maltratadores de discapacitados, solo estan los familiares de los jefecillos que cobran sueldos mas altos que el presidente del gobierno. La ONCE en realidad debiera desaparecer.

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