martes, 12 de marzo de 2013

La Agencia Tributaria potenciará el control sobre el juego online (operadores, jugadores e importe de los premios)


Como una de las principales novedades del Plan de Control Tributario 2013, la Agencia Tributaria potenciará el control sobre el juego online y el comercio electrónico. Hoy el Boletín Oficial del Estado publica la Resolución de 8 de marzo de 2013, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2013
Seguidamente algunos fragmentos que hacen referencia al juego online y al comercio electrónico:
…Las actividades profesionales siguen siendo objeto de atención preferente así como la comprobación conjunta de grupos familiares y sociedades en las que participan. Será novedosa en 2013 la comprobación de las actividades de juego «on line», el control de la tributación de los premios y la investigación de las actividades de comercio electrónico.
…Especialmente novedosa será la obtención de información sobre los datos de actividad de los operadores de juego, obtenidos a partir de los requisitos técnicos exigidos a las plataformas en el proceso de concesión de licencias, sobre la identificación de los premiados y sobre el importe de los premios y la forma de satisfacerlos (movimientos monetarios o financieros en general).
...Serán objeto también de atención preferente las siguientes operaciones, regímenes jurídico-tributarios, obligados tributarios y sectores que, por sus especiales características, conllevan riesgo fiscal:
a) Comercio electrónico.–En 2013, como novedad, se realizarán actuaciones de investigación dirigidas, por un lado, a la catalogación de las principales operativas de gestión de negocio asociadas a actividades realizadas exclusivamente a través de la red al objeto de determinar patrones de riesgo fiscal que deban ser objeto de control y, por otro, a obtener información sobre la actividad económica de los contribuyentes en la red, contrastando el perfil, referencias, precios, etc. de los servicios ofertados a través de páginas web con el perfil tributario de los contribuyentes de acuerdo con la información disponible en las bases de datos de la Agencia Tributaria. Asimismo, se investigarán las distintas variedades y las vías de obtención de información de los medios de pago empleados en la red.
m) Control de la tributación de los premios obtenidos del juego on line en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Física y en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
n) A partir de los datos obtenidos en las actuaciones de obtención de información sobre los premiados en sorteos se verificará si se han practicado las oportunas retenciones o ingresos a cuenta (nueva retención del 20% sobre premios superiores a 2.500 euros).
…III. Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas
En cuanto a las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto de Autonomía (en adelante, Comunidades Autónomas), resulta fundamental la colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias autonómicas para el adecuado control de los tributos cedidos, sean gestionados por la Agencia Tributaria o por las Comunidades Autónomas por delegación del Estado.
Hay que tener en cuenta que la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, cede a las Comunidades Autónomas el rendimiento total o parcial en su territorio de una serie de tributos estatales, y delega la competencia para la gestión de una parte de esos tributos –asumida por las Comunidades Autónomas– concretamente la gestión de los Impuestos sobre el Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y Tributos sobre el Juego.
… Se fomentará igualmente la transmisión periódica a la Agencia Tributaria del Estado de la información contenida en declaraciones tributarias correspondientes a tributos cedidos gestionados por las Comunidades, como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y, como novedad en 2013, los tributos estatales sobre el juego gestionados por las Comunidades Autónomas por delegación del Estado, dado que dicha información pone de relieve la existencia de otros posibles hechos imponibles, especialmente, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre el Patrimonio.
Desde la legalización del juego, Hacienda está controlando, monitorizando todos los movimientos de los operadores de juego y jugadores de los sitios ".es"
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3 comentarios:

  1. Hola
    Laura tengo varias dudad con esto a ver si me puedes ayudar.
    Esto significa que puede ser que las salas den informacion de las ganancias de los jugadores de todos los años de .com?
    O sera a partir de la regulacion como ya se sabia,con lo que esta nota no cambia nada que no se supiese,no?
    Y lo del comercio electronico no lo entiendo,eso no afecta al juego,no?o se refiere a los monederos electronicos,que significa que puede ser que de repente comprueben los movimientos de la neteller por ejemplo?pero eso no se puede hacer,no?por lo menos no sin orden judicial,no?
    Esta nota cambia algo respecto a lo que ya se sabia?
    Gracias,saludos

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  2. Es un imperativo legal la publicación de las normas, en este caso en el BOE.
    No cambia nada de lo que ya se sabía(siempre que se supiese...).

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  3. Gracias Laura,cómo siempre,por tus aportaciones. Me gustaría plantearte unas dudas.
    1. Si un individuo ha tenido varias apuestas,unas ganadas y otras las más perdidas arrojando un resultado anual negativo, evidentemente no declara nada, pero.. ¿Hacienda verá esto?
    ¿O vera que tiene varias apuestas realizadas y requerira al jugador que demuestre el resultado del año? Si así fuera anda que no tendría que llamar a gente
    2- un supuesto, apuesta ganada por importe superior a 2500 eu, ¿se le aplica retencion 20%?Entiendo que si se hace así, y luego encima se declara en la renta por el tipo marginal se esta gravando dos veces el mismo hecho imponible.
    Muchas gracias por tu atención.
    Un saludo

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