El martes 11 se votó en el Parlamento Europeo el informe
sobre la delincuencia organizada, la corrupción y el blanqueo de
dinero: recomendaciones sobre las acciones o iniciativas que han de llevarse a cabo presentado por el eurodiputado italiano del PPE Salvatore Lacolino.
El informe ha sido aprobado por la mayoría de la Eurocámara sin embargo carece
de fuerza legal vinculante.
A continuación se reproducen los puntos que hacen referencia a juegos de azar, apuestas deportivas, amaño de partidos, verificación de identidad y actividades transfronterizas.
Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de junio de 2013, sobre la delincuencia organizada,
la corrupción y el blanqueo de dinero: recomendaciones sobre las acciones o
iniciativas que han de llevarse a cabo (informe provisional) (2012/2117(INI))
– Vista la
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité
Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Hacia un marco
europeo global para los juegos de azar en línea (COM(2012)0596),
– Vista su
Resolución, de 14 de marzo de 2013, sobre el amaño de partidos y la corrupción
en el deporte(Textos Aprobados, P7_TA(2013)0098.)
Delincuencia organizada, corrupción y blanqueo de dinero
C. Considerando que
la crisis económica no sólo crea un caldo de cultivo para que determinados
individuos aumenten sus actividades ilegales, sino que también conduce a nuevos
tipos de delincuencia organizada, como el fraude y la corrupción en el deporte
profesional, la falsificación de productos de consumo diario, tales como los
alimentos y los productos farmacéuticos, el comercio ilegal de mano de obra
barata, y la trata de personas; considerando, a través de la infiltración de la
economía legal, la delincuencia organizada, el fraude y el blanqueo de dinero
tienen un efecto devastador en los Estados miembros;
D. Considerando que
es muy raro que un grupo de delincuencia organizada no tenga una dimensión
transfronteriza y esta es la mayor amenaza invisible para la seguridad y la
prosperidad de los ciudadanos europeos, que no han sido informados del aumento
explosivo de la delincuencia transfronteriza y de la incapacidad de las fuerzas
de seguridad nacionales para contrarrestarlo fuera de sus propias fronteras
nacionales;
AK. Considerando que
Internet hace posible que los grupos delictivos actúen más rápidamente y a
mayor escala y ha modificado los patrones de las actividades criminales;
considerando que la ciberdelincuencia y, en particular, el fraude y la
explotación de niños, constituyen una amenaza creciente, y que las
organizaciones delictivas están utilizando eficazmente las apuestas deportivas
en línea para lucrarse y blanquear dinero en todo el mundo;
AL. Considerando que
el amaño de partidos constituye una nueva forma de delincuencia que produce
ingresos elevados, se sanciona con penas leves y es un negocio lucrativo para
los delincuentes debido a los bajos porcentajes de detección;
En defensa de los ciudadanos y de la economía legal
AY. Considerando que
el blanqueo de dinero se ha vuelto cada vez más complejo y difícil de rastrear;
considerando que, para el blanqueo de dinero, las organizaciones delictivas
utilizan cada vez más los circuitos ilegales (y, en ocasiones, legales) de
apuestas y el «amaño» de los partidos, especialmente en línea, y recurren a los
bancos en los países donde el control de los flujos monetarios no es suficiente
para impedir el blanqueo de dinero y el fraude fiscal; considerando que el
amaño de partidos debe considerarse una forma rentable de delincuencia
organizada; considerando que se deben apoyar juegos de azar legales, como
expresión de la actividad empresarial, sobre la base de los principios de
subsidiariedad y proporcionalidad;
AB. Considerando que,
en tiempos de austeridad, se considera que el fraude fiscal cuesta a los
Estados miembros un billón de euros por año; que la elusión y la evasión
fiscales no se limitan al mercado negro, sino que están presentes en la
economía real entre empresas bien conocidas;
La necesidad de un enfoque común a escala europea
BC. Considerando que,
especialmente en el caso de la delincuencia transfronteriza, la variedad de
enfoques que los Estados miembros aplican a los delitos y las diferencias en el
derecho penal sustantivo y procesal pueden crear lagunas y puntos débiles en
los sistemas jurídicos penales, civiles y fiscales en la Unión Europea; considerando
que los paraísos fiscales, los países que persiguen políticas bancarias laxas y
los países separatistas en los que falta una autoridad central fuerte se han
convertido en esenciales para el lavado de dinero de la delincuencia
organizada;
BD. Considerando que
los grupos delictivos disponen a menudo de una estructura de red internacional,
que esta estructura internacional requiere, por lo tanto, una respuesta
transfronteriza, en particular la comunicación eficaz y global y el intercambio
de información entre los organismos nacionales e internacionales homólogos;
BF. Considerando que
a escala europea se han elaborado programas como Hércules, Fiscalis, Aduanas y
Pericles para proteger los intereses financieros de la UE y luchar contra los
actos delictivos e ilícitos de carácter transnacional y transfronterizo;
Fortalecimiento de la cooperación judicial y policial a
escala europea e internacional
36. Hace hincapié en
la importancia de intensificar la cooperación y aumentar la transparencia a
través del desarrollo de una comunicación eficaz y del intercambio de
información entre las agencias judiciales y las fuerzas y cuerpos de seguridad
entre los Estados miembros, mediante el desarrollo de y el intercambio de
información entre los organismos judiciales y policiales de los Estados
miembros, Europol, Eurojust, la OLAF y ENISA, y con las autoridades
correspondientes de terceros países, especialmente, los países vecinos de la
UE, con el fin de mejorar los sistemas de recolección de las pruebas y asegurar
la tramitación y el intercambio eficaz de los datos e informaciones necesarios
para determinar las infracciones penales, incluidos los delitos contra los
intereses financieros de la UE, respetando plenamente los principios de
subsidiariedad y proporcionalidad, así como los Derechos fundamentales de la
Unión Europea; a este respecto, pide a las autoridades competentes de los
Estados miembros que apliquen los instrumentos adoptados respecto de la
cooperación judicial en materia penal, que constituyen importantes herramientas
para garantizar una lucha eficaz contra la delincuencia organizada
transfronteriza; pide a la Comisión que establezca una hoja de ruta para lograr
una cooperación judicial y policial aún más estrecha, con la creación de un
órgano de investigación penal con competencia para la investigación de
violaciones y delitos en la UE;
47. Pide a los
Estados miembros y la Comisión que prosigan los esfuerzos comunes para concluir
las negociaciones sobre el proyecto de directiva relativa al exhorto europeo de
investigación en materia penal, que simplifica la recogida de pruebas en casos
transfronterizos, por lo que constituye un importante avance hacia el espacio
único de libertad, seguridad y justicia;
Una administración pública eficaz y resistente a la
corrupción
66. Señala que la
autorregulación, como mecanismo normal para combatir la corrupción en el
deporte y las apuestas en eventos deportivos, no ha resultado eficaz; insiste
en que los gobiernos, tanto a escala nacional como regional y local, son
algunos de los máximos patrocinadores del deporte; pide a los Estados miembros
que entablen relaciones de trabajo claras con la comunidad deportiva y
presenten una investigación totalmente independiente sobre la corrupción en el
deporte, encargada por los órganos gubernamentales nacionales;
Un sistema bancario y unas actividades profesionales más
transparentes
91. Pide a la
Comisión y a las otras autoridades de supervisión que garanticen la aplicación
de la diligencia debida sobre el cliente y los perfiles de riesgo
correspondientes por parte de bancos, compañías de seguros e instituciones
financieras, con el fin de garantizar que las personas morales o jurídicas de
los Estados miembros obtienen y conservan una información adecuada, precisa y
actualizada sobre los beneficiarios finales, incluidos los paraísos fiscales, y
pide la actualización periódica de los registros mercantiles, así como el
control de su calidad; considera que la transparencia de la información -
también mediante la publicación de un registro de la propiedad desglosado por
países y la cooperación transfronteriza - puede contribuir a luchar contra
fenómenos como el blanqueo de dinero, la financiación del terrorismo, el fraude
fiscal y la evasión fiscal;
96. Pide soluciones
operativas que, en cumplimiento de la normativa sobre la protección de los
datos personales, permita a los operadores financieros y crediticios verificar
la identidad de la persona que solicita llevar a cabo cualquier operación, ya
que el fraude relacionado con el robo de identidad es a veces la antesala para
el blanqueo de dinero; por lo tanto, acoge con satisfacción el establecimiento
de una unión bancaria
Garantizar que «el delito no resulte provechoso»
100. Recomienda la
adopción de medidas para la identificación y verificación sistemáticas de los
jugadores, la prohibición de recurrir a medios de pago anónimos para pagar las
apuestas en los juegos de azar en línea, así como la identificación del
servidor que los aloja y la elaboración de sistemas informáticos que permitan
un seguimiento completo de los movimientos de efectivo realizados a través de
los juegos de azar en línea y fuera de línea;
101. Acoge con
satisfacción la ampliación del ámbito de aplicación propuesta en la Cuarta
Directiva sobre el blanqueo de dinero en el sector de los juegos de azar; pide
a la Comisión que presente un marco legislativo y medidas adecuadas contra el
fenómeno del blanqueo de dinero relacionado con las apuestas, especialmente en
eventos deportivos, especificando nuevos delitos como el amaño de partidos
relacionado con apuestas, elaborando niveles adecuados de sanciones y apoyando
mecanismos de vigilancia en los que participen las federaciones deportivas, las
asociaciones y los operadores en línea y fuera de línea, así como, cuando sea
necesario, las autoridades nacionales; insta a las organizaciones deportivas a
establecer un código de conducta para todo su personal que prohíba claramente
el amaño de partidos para las apuestas u otros fines, así como los juegos de
azar respecto de sus propios partidos, y que obligue a comunicar el conocimiento
del amaño de partidos con un mecanismo adecuado de protección de los
denunciantes;
102. Considera que
del blanqueo a través de apuestas organizadas sobre eventos deportivos se
encarga a menudo la delincuencia organizada; pide, por consiguiente, a la
Comisión que presente una propuesta legislativa que incluya una definición
común de los delitos de corrupción y fraude deportivos; exhorta a los Estados
miembros a que no autoricen la organización de apuestas en partidos amistosos y
prohíban las formas más peligrosas de apuestas deportivas; recomienda asimismo
que se creen a escala nacional mecanismos para identificar a los sospechosos de
corrupción en el deporte, a semejanza de los existentes en materia de blanqueo
de capitales, a los que estarían sometidos los operadores de juegos en línea y
fuera de línea, y todos los intervinientes del mundo del deporte;
103. Hace hincapié en
que deben reforzarse la cooperación y el intercambio de información entre los
Estados miembros, sus organismos reguladores, Europol y Eurojust, para combatir
las actividades delictivas en los juegos de azar en línea transfronterizos;
104. Reconoce que los
juegos de azar en línea se utilizan cada vez con más frecuencia para blanquear
dinero, ya que los premios suelen estar libres de impuestos, los grandes
volúmenes de operaciones que generan dinero sucio son muy difíciles de detectar
y los numerosos procesadores de pagos complican todavía más el sistema; pide
que se establezca un marco regulador para combatir el blanqueo de dinero a
través de todos los juegos de azar en línea;
105. Insta a los
Estados Miembros a que incluyan una definición armonizada del amaño de partidos
en el Derecho penal y a que creen un instrumento jurídico para combatirlo, a
que estipulen sanciones aplicables al amaño de partidos, incluyendo multas y
decomisos, y a que creen dentro de la autoridad responsable una unidad
especializada en la lucha contra este fenómeno, que sirva como centro de
comunicación y cooperación con las principales partes interesadas, y se
encargue de la realización de investigaciones adicionales y de la remisión a
las autoridades judiciales;
106. Aboga por una
mayor cooperación a escala europea, coordinada por la Comisión, para
identificar y luchar contra los operadores de juegos de azar en línea
implicados en el amaño de partidos y otras actividades ilegales;
107. Pide a los
órganos rectores del deporte, a los Estados miembros y a la Comisión Europea
que inviertan en campañas para sensibilizar a los atletas sobre el amaño de
partidos, las consecuencias jurídicas de este delito y sus efectos nocivos para
la integridad de las competiciones deportivas;
Las nuevas tecnologías al servicio de la lucha contra la
delincuencia organizada
122. Observa que el
crecimiento mundial en el uso de Internet ha creado nuevas oportunidades para
la ciberdelincuencia, tales como el robo de la propiedad intelectual, la
compraventa de productos falsificados y el robo de identidad, situación ésta
que amenaza la economía, la seguridad y la salud de los ciudadanos europeos;
124. Acoge con
satisfacción el establecimiento del Centro Europeo contra la Ciberdelincuencia
de Europol (EC3) y alienta el futuro desarrollo de esta agencia, en particular,
con el fin de luchar contra la delincuencia organizada, también sobre una base
transfronteriza y en cooperación con terceros países;
Recomendaciones finales
128. Aboga una vez
más por la creación de una Fiscalía Europea, en aplicación del artículo 86 del
TFUE, en particular para combatir, investigar, perseguir y llevar a juicio los
delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión y los delitos
graves de carácter transfronterizo; recomienda que la futura Fiscalía Europea
disponga de una estructura ágil y reducida, con funciones de coordinación y de
impulso de las autoridades nacionales con el fin de garantizar una mayor
coherencia de las investigaciones mediante procedimientos uniformes; considera
que es esencial que la Comisión presente una propuesta antes de septiembre 2013
en la que se defina claramente la estructura de la Fiscalía Europea, su obligación
de rendir cuentas ante el Parlamento Europeo, su interacción con Europol,
Eurojust, la OLAF y la Agencia de los Derechos Fundamentales, así como que
dicha Fiscalía se vea respaldada por un claro marco de derechos procesales y
que se definan claramente los delitos respecto de los cuales tendrá
competencia;
131. Desea concluir
un acuerdo con Liechtenstein para luchar contra la delincuencia
transfronteriza;
136. Pide a la
Comisión que presente lo antes posible una propuesta legislativa relativa a un
programa europeo eficaz de protección de los denunciantes, en la medida en que
la corrupción transfronteriza afecta a los intereses financieros de la UE, así
como a la protección de testigos y colaboradores de la justicia, que ofrezca,
en particular, una solución a sus difíciles condiciones de vida, al riesgo de
represalias, a la desintegración de la familia, al desarraigo territorial y a
la exclusión social y profesional;
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Y a los delincuentes organizados del parlamento europeo quién los controla??
ResponderEliminarlos decreto reguladores de los juego de azar de las CCAA deben ser aprobados por el Parlamento Europeo?
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