jueves, 12 de junio de 2014

Tribunal de Justicia Europeo ha confirmado la estricta regulación alemana en materia de juego online. Un varapalo para Digibet.

Hoy el Tribunal de Justicia Europeo ha confirmado la estricta regulación alemana en materia de juego online. La política más liberal adoptada provisionalmente por el Länder (Estado federado) de Schleswig-Holstein en materia de juego de azar, no daña la coherencia de las políticas más estrictas perseguidas por los demás Länder alemanes
El CEO de Digibet.com, Gert Albers anteriormente había afirmado que las reglas más flexibles de Länder alemán se suponía que éstas también se podía aplicar en el resto de Alemania.
Sin embargo, el Tribunal Europeo no lo ha visto así: Los 15 estados restantes no están obligados a modificar su regulación por el simple hecho que un Estado aplique una política más liberal por un tiempo limitado.
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Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Luxemburgo, 12 de junio de 2014
Sentencia en el asunto C-156/13
Digibet Ltd y Gert Albers / Westdeutsche Lotterie GmbH & Co. OHG
La política más liberal adoptada temporalmente por el Land de Schleswig-Holstein en materia de juegos de azar no afecta a la coherencia de la política más estricta seguida en los otros Länder alemanes
La prohibición de organizar y hacer publicidad de juegos de azar en Internet en la casi totalidad de los Länder puede ser proporcionada a los objetivos de interés general perseguidos
En Alemania están prohibidas, en principio, la organización e intermediación de juegos de azar en Internet y la publicidad de juegos de azar en televisión, en Internet y por medio de equipos de telecomunicaciones. No obstante puede autorizarse con carácter excepcional la utilización de Internet con esos fines en el caso de loterías y apuestas deportivas. Con esta excepción se pretende ofrecer una alternativa a la oferta ilegal de juegos de azar y combatir el desarrollo y la difusión de los juegos no autorizados.
En el Land de Schleswig-Holstein se autorizó la organización e intermediación de juegos de azar en Internet entre el 1 de enero de 2012 y el 8 de febrero de 2013. La autorización se concedía a toda persona de la Unión que cumpliera determinados requisitos objetivos. En ese mismo período, el Land de Schleswig-Holstein autorizó también la publicidad de juegos de azar en televisión y en Internet. Aunque la normativa más permisiva de dicho Land ha sido derogada, las autorizaciones concedidas a los operadores de juegos de azar en Internet siguen siendo válidas durante un período transitorio de varios años.
La sociedad Digibet está autorizada para organizar juegos de azar por una licencia concedida por las autoridades gibraltareñas, en cuya virtud ofrece juegos de azar y apuestas deportivas en lengua alemana en su sitio web «digibet.com». A raíz de una demanda interpuesta por la Westdeutsche Lotterie (sociedad estatal de loterías del Land de Renania del Norte-Westfalia), un tribunal alemán prohibió a Digibet y a su administrador, el Sr. Albers, ofrecer por Internet a los residentes de Alemania la posibilidad de participar en juegos de azar.
Digibet y el Sr. Albers recurrieron dicha sentencia ante el Bundesgerichtshof (Tribunal Supremo Federal de Alemania). Dicho tribunal pregunta al Tribunal de Justicia si la política más permisiva adoptada por el Land de Schleswig-Holstein durante más de un año puede afectar a la conformidad con las normas sobre la libre prestación de servicios de la prohibición de los juegos de azar impuesta en los demás Länder. Efectivamente, aunque el Derecho de la Unión permite a los Estados miembros restringir esta libertad fundamental en el ámbito de los juegos de azar, exige que las restricciones sean aptas para conseguir los objetivos de interés general que justificaron su adopción. El Bundesgerichtshof considera que, en el presente asunto, la existencia de normas más permisivas en el Land de Schleswig-Holstein podría poner en cuestión la aptitud de las normas adoptadas en los demás Länder para conseguir los objetivos legítimos de interés general perseguidos.
En su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia recuerda, en primer lugar, que la prohibición de organizar y promover juegos de azar en Alemania constituye una restricción a la libre prestación de servicios, que, no obstante, puede justificarse por razones de interés general, como las que recoge la legislación alemana.
En segundo lugar, el Tribunal de Justicia señala que, aun suponiendo que la normativa más permisiva del Land de Schleswig-Holstein hubiera podido perjudicar la coherencia de la política de prohibición de los demás Länder, la aplicación de dicha normativa liberal tuvo una vigencia limitada temporal y territorialmente -menos de catorce meses en un solo Land. Por lo tanto, el hecho de que en el Land de Schleswig-Holstein existieran por tiempo limitado normas más permisivas no afecta seriamente a la aptitud de las restricciones aplicables en el resto de los Länder para alcanzar los objetivos de interés general perseguidos. Por consiguiente, el Tribunal de Justicia afirma que los otros quince Länder no estaban obligados a cambiar su normativa en la materia por el mero hecho de que un único Land siguiera una política más liberal durante un período limitado.
En consecuencia, el Tribunal de Justicia declara que la normativa alemana en materia de juegos de azar puede ser proporcionada a los objetivos de interés general que persigue y, por ende, compatible con la libre prestación de servicios. Sin embargo, corresponde al Bundesgerichtshof comprobar si la normativa de que se trata cumple todos los requisitos de proporcionalidad que resultan de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia.  
NOTA: La remisión prejudicial permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio del que estén conociendo, interroguen al Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia.
Dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar.
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Las distintas reacciones no se han hecho esperar. Para algunos es un éxito y para otros un fracaso. Westlotto piensa que TJCE ha confirmado el Tratado de Estado alemán del Juego. En este sentido, Theo Gossner, director general de WestLotto ha comentado: "La decisión de hoy es un hito en la cuestión de la legalidad de la servicios de juegos de azar del Estado en Alemania y es un duro golpe para los proveedores privados de apuestas ilegales."
Sin embargo, el Secretario General de la EGBA, Maarten Haijer ha declarado: "El Tratado Interestatal ha sido evidentemente un fracaso para Alemania. El modelo de Schleswig-Holstein ha demostrado en los últimos años que puede ofrecer una regulación de juego fiable y segura  para operadores y consumidores. Otros Länder deberían seguir no sólo el ejemplo de Schleswig-Holstein, sino también otros modelos de regulación de éxito de los Estados miembros como el de Dinamarca, España o los Países Bajos".
Haijer ha añadido: "El plazo de dos años que la Comisión concedió a Alemania para demostrar que el Tratado Interestatal es viable y de acuerdo con la legislación de la UE, expira en un mes. Como no se ha concedido ninguna licencia de apuestas deportivas, está claro que esto no será posible y nosotros pedimos a la Comisión que haga cumplir adecuadamente la legislación comunitaria en Alemania y que abra un procedimiento de infracción por incumplimiento de la legislación de la UE."
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Nota de prensa del EGBA: CJEU: No resolution for failing German Gambling Legislation 
Nota de prensa de Weslotto: CJEU confirms German State Treaty on Gambling
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Documentos relacionados (Asunto C-156/13):
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 12 de junio de 2014
«Procedimiento prejudicial — Libre prestación de servicios — Artículo 56 TFUE — Juegos de azar — Normativa que impone prohibiciones relativas a los juegos de azar en Internet que no se aplicaron, durante un período limitado, en una entidad federada de un Estado miembro — Coherencia — Proporcionalidad»
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichthof (Alemania) el 28 de marzo de 2013 - Digibet Ltd, Gert Albers / Westdeutsche Lotterie GmbH & Co. OHG
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