Hoy, el Tribunal General de la UE ha emitido un fallo en los
casos sobre ayudas estatales T-601/11 (Dansk Automat Brancheforening v Comisión)
y T-615/11 (Royal Scandinavian Casino Århus v Comisión), que confirma el
régimen fiscal danés diferenciado para los juegos de azar online.
Los
demandantes habían impugnado la decisión de la Comisión Europea que diferencia
el régimen fiscal de los juegos de azar online y offline sea compatible con las
normas sobre ayudas estatales de la UE. El Tribunal consideró que los
demandantes con base terrestre no se ven afectados individualmente por el
régimen fiscal. Se confirma que los Estados miembros pueden seguir garantizando
un nivel de impuestos para los juegos de azar online que tenga en cuenta la
oferta ".com" global competitiva con el fin de asegurar que los consumidores son
canalizados a la oferta regulada.
Los dos casos fueron presentados por demandantes con
base en tierra, contra la resolución de la Comisión Europea que aprobaba el
modelo de imposición Danés para los juegos de azar online y offline que
establecía diferentes niveles de tributación para los dos tipos diferentes de
juegos de azar.
El nivel fiscal danés para los juegos de azar online se ha
fijado en un nivel que tenga en cuenta la necesidad de canalizar al consumidor
danés hacia la oferta de juegos de azar online regulado que es clave para la
salvaguardia de los objetivos de política pública de la Ley Danesa de Juego. El
Tribunal ha dictaminado hoy que las medidas fiscales diferenciadas son de
aplicación general y no hay ningún aspecto concreto que pueda demostrar que los
demandantes son afectados específica e individualmente por la medida fiscal.
Según el Tribunal:
"[T] el demandante no ha demostrado [...]que la ayuda
controvertida podía menoscabar de manera sustancial la posición de uno o varios
de sus miembros en el mercado de que se trata. Por lo tanto, la decisión
impugnada no afecta individualmente a los miembros del demandante ni, por
consiguiente, a éste". (T-601/11, párrafo 52)
El Secretario General de la EGBA, Maarten Haijer comenta:
"Damos la bienvenida a la decisión de hoy del Tribunal que confirma que la
Comisión argumenta correctamente que los juegos de azar online requiere un
nivel impositivo que tenga en cuenta la competitividad de la oferta global .com
online. Con la oferta no regulada sólo a un clic de distancia en Internet, los
consumidores sólo se desempeñan dentro del entorno regulado si esa oferta es lo
suficientemente atractiva en términos de precio y experiencia de consumidor.
Hay un montón de ejemplos en los Estados miembros donde la oferta regulada no
logra atraer a los consumidores debido a las restricciones de productos y a los
niveles de impuestos, que lleva a aquellos consumidores a ser empujados fuera
de la esfera de regulación europea, y a menudo hacia ofertas asiáticas no
reguladas".
Haijer agrega más adelante: "Tener un mercado
restrictivo frustra el propósito de cualquier regulación, es decir, garantizar
la protección adecuada de los consumidores. Un nivel adecuado de impuestos es
uno de los elementos clave en la creación de un atractivo y seguro ambiente de
juego, aunque no el único. Es importante destacar que EGBA no considera un
régimen fiscal diferenciado como un objetivo en sí mismo. Pero es imperativo
que el nivel de impuestos para los juegos de azar online sea fije en un
nivel que permita un mercado regulado competitivo en comparación con la oferta
sin licencia de fuera de la UE".
La información de antecedentes sobre el caso:
En el caso de T-601/11, el 30 de noviembre de 2011 y en el
asunto T-615/11, el 06 diciembre 2011, los demandantes presentaron una
impugnación de la Decisión de la Comisión de 20 de septiembre de 2011 en el asunto C 35/2010 (ex N 302 / 2010) sobre las medidas que Dinamarca tiene
previsto ejecutar en la forma de derechos para los juegos online en la Ley de
Responsabilidades de juego danés.
Post relacionado:
No hay comentarios:
Publicar un comentario